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  • Una ciudad santafesina prohíbe la colocación de pasacalles y columneros de campañas electorales

    » El Litoral

    Fecha: 01/11/2024 10:29

    En su artículo 1°, la ordenanza Nº 4244 establece: “Prohíbese la colocación de los denominados pasacalles cualquiera fuera su inscripción y la forma o lugar donde estén colocados. Se entiende por tal cualquier forma de difusión de mensaje, sea o no de índole publicitaria, pintado o impreso sobre material flexible para ser colocado en cualquier lugar de la vía pública en forma provisional”.

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