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  • Qué rol cumplirá el Consejo Asesor que crea la nueva Ley de Fitosanitarios

    Parana » Bicameral

    Fecha: 26/10/2024 08:28

    La media sanción de la Ley de Agroquímicos en la Cámara de Diputados de Entre Ríos abrió el camino para que Entre Ríos legisle sobre una materia pendiente por décadas. Tras años de decretos, amparos, fallos judiciales y una maraña de resoluciones al respecto, Juntos por Entre Ríos, con acompañamiento de La Libertad Avanza y parte del peronismo, aprobó la iniciativa esta semana y ahora espera que el Senado haga lo propio en las próximas semanas. Entre otros puntos, la iniciativa establece, como ya explicó Bicameral, nuevas distancias de fumigación. Pero además crea un Consejo Asesor Fitosanitario, que tendrá como objetivo acompañar a la autoridad de aplicación -Ministerio de Desarrollo Económico- y a los poderes públicos en “temas inherentes al cumplimiento de los objetivos de la presente ley y sus reglamentaciones”, de acuerdo al artículo 12° de la norma. El comité creado -cuya labor tiene carácter no remunerado- está compuesto por 17 integrantes y es presidido por el titular de la cartera productiva. Hay miembros de áreas vinculadas con la salud, la educación, el ambiente y la Secretaría de Gobiernos Locales. Además, representantes del INTA, de sindicatos docentes y de trabajadores rurales, de colegios profesionales, de organizaciones ambientales y de la Mesa de Enlace. Además de asesorar, el Consejo debe habilitar a los aplicadores especiales y a los productos usados, junto a la elaboración de una protocolo de Buenas Prácticas en Materia de Fitosanitarios. Entre otros puntos, también está habilitado para invitar a organizaciones públicas y privadas a participar de mesas de interés. De acuerdo a la norma con media sanción, el órgano debe reunirse al menos dos veces al año, ya sea por convocatoria de quien lo preside o cinco de sus integrantes. Su quórum y sus resoluciones se regirán por mayoría simple -mitad más uno de los votos- y sus miembros durarán dos años, aunque pueden ser reelectos de forma indefinida. Las excepciones rigen, naturalmente, para los integrantes oficiales, cuya función culminará con el final de su mandato.

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