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  • Promulgaron la ley de la Boleta Única Papel que comenzará a funcionar en las elecciones de 2025

    Gualeguaychu » El Argentino

    Fecha: 19/10/2024 05:03

    La legislación fue validada por el Ejecutivo mediante la publicación del decreto 915/2024 en el Boletín Oficial. Se trata de la ley 27.781, que introduce modificaciones al Código Electoral Nacional. De esta manera, la forma de votación no será con diferentes boletas partidarias; por el contrario, todos los candidatos, independientemente de su insignia política, estarán juntos en una misma papeleta y los electores deberán marcar con una cruz a los postulantes que deseen para las distintas categorías que se elijan, a pesar de que pertenezcan a diferentes alianzas, publicó Infobae. De acuerdo con la nueva legislación, el diseño de la BUP será el siguiente: “Estará dividida en espacios, franjas o filas horizontales para cada una de las categorías de cargos electivos y en espacios, franjas o columnas verticales para cada agrupación política que cuente con listas oficializadas de personas propuestas para ocupar los cargos públicos electivos. Los espacios, franjas o columnas verticales se distribuirán homogéneamente entre las distintas listas, e identificarán con claridad”. En ella, deberá ser visible el nombre de la agrupación política y aclara que “en el caso de las elecciones presidenciales, cuando en la misma franja se incluyan legisladores nacionales, se utilizará el nombre de la agrupación de orden nacional. En el caso de las elecciones primarias, la denominación de la lista interna”. Por otro lado, también contará con la sigla, monograma, logotipo, escudo, símbolo, emblema o distintivo y el número de identificación de la agrupación política. A su vez, la normativa establece que deberá contar con el nombre, apellido y foto de los candidatos para las categorías de presidente, vicepresidente, senadores y las dos personas que encabezan la listas para diputados. Lo mismo se aplicará para los parlamentarios del Mercosur. La BUP también contempla a aquellas fuerzas políticas que no presenten postulación en todas las categorías, por lo que aclara que “si el partido político o alianza no participa en alguna de las categorías de cargos a elegir, en el espacio correspondiente se incluirá la inscripción ‘No presenta candidato’”.

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