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  • Cepo cambiario: oficializan flexibilización para freelancers que exportan servicios

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 16/10/2024 02:59

    El Banco Central extendió de 5 a 20 días hábiles el plazo para que esas personas ingresen divisas Comunicación “A” 8116/24-BCRA 10/10/2024 A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS CASAS DE CAMBIO: Ref.: Circular CAMEX 1-1028: Exterior y cambios. Adecuaciones. Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución: “- Ampliar el plazo disponible para que las personas humanas residentes que ingresan cobros originados en la prestación de servicios a no residentes puedan hacer uso de la excepción de liquidación prevista en el punto 2.2.2.1. del texto ordenado sobre Exterior y Cambios. El plazo queda establecido en 20 (veinte) días hábiles contados a partir de la fecha de su percepción en el exterior o en el país o de su acreditación en cuentas del exterior.” Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de referencia. Saludamos a Uds. atentamente. BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Oscar C. Marchelletta, Gerente Principal de Exterior y Cambios – Marina Ongaro, Subgerenta General de Regulación Financiera. N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Nación N°35.526 del 15 de octubre de 2024.

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