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  • Habilitan queja contra fallo del juez federal de Victoria que rechazó un amparo por un grave cuadro de salud

    Parana » APF

    Fecha: 06/10/2024 13:31

    La Cámara Federal de Paraná resolvió el sábado 5 de octubre hacer lugar a la queja que presentó un hombre que solicitó la cobertura integral para una intervención quirúrgica en el Instituto Alexander Fleming por su médico tratante desde 2021, programada para el 15 de octubre. El 3 de octubre, el juez federal de Victoria denegó la medida cautelar solicitada. Sostuvo que no se configuraban los presupuestos necesarios para su concesión. domingo 06 de octubre de 2024 | 12:37hs. La Cámara Federal de Paraná, integrada por Cintia Gómez, Mateo Busaniche y Beatriz Aranguren, resolvió el sábado 5 “hacer lugar a la queja, conceder el recurso de apelación interpuesto el 4 de octubre de 2024 y ordenar la remisión inmediata de las actuaciones. Hacer saber lo aquí decidido al Juez de grado para que forme incidente y eleve las actuaciones Líbrese Diligenciamiento Electrónico de Oficio (DEO) al efecto. Tener presente la reserva del caso federal efectuada”. La Cámara Federal de Paraná emitió su resolución en los autos caratulados “Incidente de recurso de queja en autos: ORS contra Obra Social del Personal de Construcción (Ospecon) sobre Amparo Ley 16.986. El Tribunal entendió que “se observa que la resolución del 3 de octubre de 2024, que rechaza la medida cautelar, podría causar un gravamen irreparable a una persona en condición de vulnerabilidad con graves afecciones de salud”. En el mismo sentido y tras analizar “la regla de inapelabilidad” prescripta en la Ley 16.986, de Amparos, los vocales entendieron que “así, no puede avalarse la interpretación restrictiva sobre los supuestos previstos en el artículo 15 de la ley 16.986 que sostuvo el Juez a-quo (N de la R: se refiere al juez federal de Victoria), en cuanto la mención específica a las medidas cautelares de no innovar no empece a considerar en el mismo sentido a las innovativas, tutelas previstas por la jurisprudencia en el ámbito del artículo 232 del CPCCN”. La Cámara evaluó que las actuaciones llegaron al Tibunal en virtud del recurso de queja deducido por la parte actora el 4 de octubre, contra la resolución del Juzgado Federal de Victoria del mismo día que, en lo que aquí interesa, rechaza el recurso de apelación interpuesto contra la resolución del 3 de octubre, en virtud de lo previsto en el artículo 15 de la ley 16.986”. El amparista promovió amparo con medida cautelar el 1 de octubre solicitando que “Ospecon asuma la cobertura integral (100%), en tiempo y forma, de cirugía resectiva compleja de lesiones (rescate de sarcoma recaído), a desarrollarse el 15 de octubre de 2024, en el Instituto Alexander Fleming por su médico tratante desde 2021, Fernando Sánchez Loria (incluyendo gastos de cirugía y honorarios profesionales)”. El juez de Victoria, dos días después de presentado el amparo, “decreta la admisibilidad de la acción y deniega la medida cautelar. Fundamenta su decisión en que no se configuran los presupuestos necesarios para su concesión. La parte actora apela dicha resolución y el Juez de primera instancia desestima su recurso. Ante ello se interpone la presente queja”. La Cámara analizó que “la quejosa sostiene que las medidas cautelares innovativas son apelables en virtud de una interpretación amplia del artículo 15 de la ley 16.986”. Citó doctrina que abonó su postura y entendió que “se encuentran reunidos los recaudos para el otorgamiento de la tutela cautelar requerida y considera que la decisión del Juez a-quo carece de fundamentación”. Tras fundamentar “la verosimilitud del derecho” y mencionar “el riesgo concreto y real que pesa sobre su vida, su salud e integridad” relató que “la cirugía que necesita fue programada para el 15 de octubre por lo cual solicita la habilitación de días y horas inhábiles”. (APFDigital)

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