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  • Registro Provincial de Huellas Genéticas Digitalizadas tomando como base la huella obtenida de un análisis de ADN

    » El Protagonista Web

    Fecha: 25/09/2024 12:01

    Esteen relación al Proyecto de Ley (Expediente 53266 CD-DB) del diputado José Corral (UCR) y otros y otras, el susodicho vicepresidente 1º de esta Cámara de Diputados y autor de la iniciativa, acompañado del senador Rodrigo Borla (UCR-San Justo), y el director de normativa y enlace judicial del Ministerio de Seguridad de la Nación, Fernando Soto, brindarán detalles a la prensa.Y, al respecto, hace poco más de 6 meses, el pasado día 11 de marzo de 2024, por mesa de movimiento de esta Cámara de Diputados, el diputado(UCR), acompañado de sus pares del Interbloque Unidos para Cambiar Santa Fe: Silvana Di Stefano (UCR), Jimena Senn (UCR), Marcelo González (UCR), Sofía Galnares (UCR), Ximena García (PRO), Martín Rosúa (UCR), Germán Scavuzzo (UCR) y Dionisio Scarpin (PRO), ingresó el Proyecto de Ley (Expediente 53266 CD-DB) por el cual, mediante 26 artículos, incluido el de forma, se crea elsobre la “base de la huella genética digitalizada obtenida de un análisis de ácido desoxirribonucleico (ADN)”, que dependerá del Ministerio de Gobierno e Innovación Pública.Y, para ello, además de la nueva redacción en el texto de los muchos artículos, se modifican los artículos 163, 278 y 333 del Código Procesal Penal (Ley Nº 12.734 y modificatorias) y se incorpora el artículo 108 bis en el citado Código Procesal Penal, y, a su vez,Vale recordar al respecto que hace 13 años la Legislatura de la Provincia de Santa Fe: el Senado, por unanimidad y sobre tablas en la sesión ordinaria del jueves 17 de noviembre de 2011, y Cámara de Diputados en la sesión ordinaria del jueves 03 de noviembre de 2011, sobre tablas y con algunas abstenciones; sancionó con fuerza de ley el proyecto del diputado justicialista(PJ-SFF-MC) (hoy presidente del Directorio del ENRESS), ex presidente del bloque Santa Fe Federal en esa gestión (2007-2011), presentado con el acompañamiento de su par de bancada Alberto Monti (PJ-SFF-MC) (fallecido), por el cual se procede a lacomunicándose la sanción definitiva al Poder Ejecutivo que registró como Ley Nº 13.222, promulgó y publicó en el Boletín Oficial, pero nunca se puso en funcionamiento.“El Registro Provincial de Huellas Genéticas Digitalizadas, a cargo de un Director designado por concurso público de antecedentes y oposición, dependerá del Ministerio Público Fiscal que será el órgano de aplicación de la ley”, dijo Lagna.Y agregó que la “Huella Genética Digital es el registro alfanumérico personal elaborado exclusivamente sobre la base de información que comprenda un mínimo de 13 marcadores genéticos (20 en el nuevo texto de José Corral) validados a nivel internacional, que carezca de asociación directa en la expresión de genes, que aporte sólo información identificatoria y que resulte apto para ser sistematizado y codificado en una base de datos informatizada”.“Todo esto sin perjuicio de la utilización más amplia de la muestra biológica que pudiera disponerse sólo en el marco de una causa judicial, previo requerimiento fundado de la autoridad judicial interviniente y dentro de los límites establecidos en la presente”, abundó en los fundamentos.Y añadió que “el Registro facilitará el esclarecimiento de los hechos sometidos a investigación judicial, particularmente en lo relativo a la individualización de las personas responsables en la comisión de un delito y sobre la base de la identificación de un perfil genético del componente de ADN”.“Además, dicho Registro, identificará y contribuirá a la averiguación del paradero de personas extraviadas, desaparecidas o fallecidas; discriminará las huellas del personal policial y de todo otro agente público que interviene de alguna forma en el lugar del hecho; elaborará estadísticas y contribuirá a resolver conflictos suscitados en causas judiciales no penales, siempre que medie pedido expreso” continuó con las explicaciones el diputado justicialista con mandato cumplido.“La información contenida en el Registro tendrá carácter confidencial y en ningún caso podrá utilizarse como base o fuente de discriminación, vulneración de la dignidad, intimidad, privacidad u honra de persona alguna, considerándose dato personal no sensible sujeto a contraprueba, por lo que el mismo deberá estar inscripto en el Registro creado por la Ley Nacional Nº 25.326, en la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, para su efectivo contralor”.“El Registro contendrá un sistema integrado por las huellas genéticas cuya obtención y elaboración se realizará por orden de autoridad judicial, pudiendo celebrar convenios con el Registro Nacional de las Personas, además de proceder a la extracción de las muestras y conservarlas, organizar la base de datos, producir los exámenes de ADN, mantener estricta reserva y garantizar la seguridad y confidencialidad”.“El Registro promoverá el intercambio de información con el Registro de Huellas Genéticas de la Policía Federal Argentina, pudiendo celebrar convenios con organismos públicos nacionales, provinciales o municipales” fundamentó el diputado justicialista mandato cumplido Jorge Lagna (PJ-SFF-MC), acompañado de su par Alberto Monti (SFF-MC) (fallecido), el proyecto rubricado por ambos y sancionado con fuerza de ley por la Legislatura de la Provincia de Santa Fe: el Senado en la sesión del 17 de noviembre de 2011 y Cámara de Diputados en la sesión del 03 de noviembre de 2011. Se comunicó la sanción definitiva al Poder Ejecutivo que registró como Ley Nº 13.222, promulgó y publicó en el Boletín Oficial pero nunca se puso en funcionamiento en el ámbito provincial debido al proceso de transición entre el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Acusación.Por ello, ahora, 13 años después, el diputado radicalacompañado de varios de sus pares del Interbloque “Unidos para Cambiar Santa Fe”, presentó el día 11 de marzo de 2024 por mesa de movimiento de “Diputados y Diputadas” el Proyecto de Ley (Expediente 53266 CD-DB), para su tratamiento en el actual 142º Período Ordinario de Sesiones, por el cual se procede a la creación delmediante 26 artículos, con una redacción actualizada, las modificaciones en los artículos 163, 278 y 333 del Código Procesal Penal (Ley Nº 12.734 y modificatorias), la incorporación del artículo 108 bis en el citado Código Procesal Penal, ycon un plazo de 24 meses para su entrada en vigencia.Y, por eso,José Corral, Rodrigo Borla y Fernando Soto, diputado provincial y vicepresidente 1º de Cámara de Diputados, senador por San Justo y presidente del Interbloque Unidos para Cambiar Santa Fe del Senado, y director de normativa y enlace judicial del Ministerio de Seguridad de la Nación, respectivamente, brindarán a la prensa detalles de la iniciativa de creación delque, como herramienta para la resolución de casos criminales, se utiliza en más de 60 países del mundo.Publicado: 24/Setiembre/2024 Fuente: Fernando Brosutti

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