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  • Licencias de conducir: homologan centros de emisión en la Provincia de Córdoba

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 18/09/2024 02:28

    Se trata de aquellos que ya operan en las localidades de Saira y Villa Parque Santa Ana. Se solicita a las municipalidades respectivas a que requieran la asignación de los códigos de seguridad a consignar en cada licencia Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito Resolución N° 28 Córdoba, 11 de septiembre de 2024. VISTO: lo dispuesto por los artículos 13 y 14 de la Ley Provincial de Tránsito N° 8560 (t.o. 2004) y su Decreto Reglamentario N° 318/07 y lo actuado en Expediente Nro. 0458-001781/2024, en el que la Municipalidad de SAIRA bajo expediente 0458-004419/2024 y la Municipalidad de VILLA PARQUE SANTA ANA bajo expediente 0458-001780/2024 solicitan reconocimiento y homologación del Centro Emisor de Licencias de Conducir que actualmente opera en tales localidades. Y CONSIDERANDO: Que, en tal consideración esta Dirección General, en ejercicio de sus atribuciones, dispuso la realización de una Auditoría a los referidos Centros de Emisión de Licencias de Conducir, de acuerdo a los lineamientos establecidos por los Anexos “B” e “I” al Decreto reglamentario N° 318/07. Que, en cada Auditoría supra consignada procedió a verificar los pasos legalmente exigibles a efectos de la emisión de las Licencias de Conducir, concluyendo en aconsejar a esta instancia administrativa, que puede procederse a la homologación de los Centros de Emisores con cargo y sujeto al cumplimiento de distintas observaciones puntualizadas en los informes respectivos. Que, en virtud de ello corresponde dictar instrumento legal que proceda al reconocimiento y homologación de los Centro de Emisión de Licencias de Conducir de las Localidades requirentes, recomendado a las mismas el cumplimiento de los puntos observados que se notifican por cuerda separada. Que, por último y a efectos de cumplimentar los requisitos legales de rigor y atendiendo que a partir de la presente homologación los Centros Emisores deben insertar en las Licencias a emitir, numeraciones correlativas en las tarjetas base (artículo 7°, inciso “b”), corresponde ordenar la asignación de las numeraciones respectivas. Por ello, en ejercicio de sus facultades. EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO RESUELVE: 1°. – HOMOLOGAR los Centros de Emisión de Licencias de Conducir dependientes de la Municipalidad de SAIRA y la Municipalidad de VILLA PARQUE SANTA ANA, de la Provincia de Córdoba, los que se encuentran habilitado a partir de la fecha en concordancia a lo dispuesto por la Ley Provincial de Tránsito N° 8560 (T.O. 2004) y su Decreto Reglamentario N° 318/07. 2°. – NOTIFICAR a las Localidades cuyo Centro Emisor han sido homologados por el dispositivo anterior, a fin del exhaustivo cumplimiento de las observaciones que se les notifican por cuerda separada y que serán auditadas en un plazo no mayor a noventa (90) días contados a partir de la publicación de la presente. 3°. – SOLICITAR a la Municipalidad de SAIRA y la Municipalidad de VILLA PARQUE SANTA ANA a que requieran la asignación de los códigos de seguridad a consignar en cada Licencias de Conducir. 4°. – ORDENAR, que por el Área correspondiente, se proceda a notificar a las Autoridades avocadas al juzgamiento de actas labradas en infracción a Ley Provincial de Tránsito N°8560 (T.O 2004), a la Dirección General de la Policía Caminera y a la Dirección de Innovación Tecnológica del Ministerio de Justicia y Trabajo. 5°. – PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. FDO.: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE TRANSITO N. de R.- Publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 187 del 17 de septiembre de 2024.

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