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  • Se aprobó el sistema de consulta Popular en Neuquén

    » LM Neuquen

    Fecha: 04/09/2024 20:53

    La Legislatura sancionó, en general, la ley que la reglamenta. Era un tema que estaba pendiente desde la reforma de la Constitución de 2006. La ley que reglamenta la Consulta popular vinculante y no vinculante en la provincia de Neuquén fue aprobada en general este miércoles en la Legislatura , un tema que viene a poner más condimento al conflicto que sostiene el gremio docente ATEN con el Gobierno. La razón es que, la norma, que prevé habilitar los artículos 310 y 311 de la reformada Constitución de la provincia de 2006, podría derivar en la presentación de un proyecto para convocar, por ejemplo, a una consulta que busque declarar a la Educación servicio esencial. La ley sancionada este miércoles en el recinto de la legislatura obtuvo 26 votos afirmativos, mientras que la izquierda y el bloque de Unión por la Patria (que había impulsado un dictamen por minoría) votaron en contra. El proyecto, producto de un despacho de mayoría, había sido presentado por los diputados Claudio Domínguez (MPN) Francisco Lepore de Avanzar y Guillermo Monzani de Hacemos Neuquén, llegó al recinto con algunas modificaciones realizadas en las comisiones de Asuntos Constitucionales y Presupuesto. Claudio Domínguez. Diputado MPN Claudio Domínguez. Diputado MPN Norma En su artículo segundo, la iniciativa establece que la finalidad de este mecanismo de consulta “es incentivar la participación ciudadana en la toma de decisiones públicas” y que, “en el cumplimiento de esta finalidad, se deberá asegurar la accesibilidad, la seguridad y la transparencia en los procedimientos que por la presente ley se regulan”. Un tema importante a tener en cuenta es lo que el proyecto marca respecto a la consulta vinculante. En el artículo tercero se establece que la “Legislatura de la provincia del Neuquén puede, al sancionar una ley, incorporar en su articulado la convocatoria a consulta popular vinculante” y que “esta convocatoria debe ser aprobada por mayoría absoluta de los miembros presentes”. En el texto original decía que “la ley que dispone la convocatoria no puede ser objeto de veto por el Poder Ejecutivo”. Esto último se sacó en el trabajo en comisión y allí se sancionó en el recinto. A su vez, si pasa esa instancia, la convocatoria a consulta popular vinculante deberá contener el texto íntegro del proyecto de ley, “la formulación de pregunta de manera clara y precisa”, asegurando que la respuesta sea categórica por “Sí” o “No” del electorado. Sistema Por otra parte, en su artículo sexto se especifica que “la ley ratificada por consulta popular vinculante” si resulta con "Sí" no puede ser objeto de veto por el Poder Ejecutivo y se promulgará de manera automática. Y si el resultado es "No" no se podrá volver a tratar en el lapso de dos períodos legislativos. Al ser vinculante, el voto del electorado será obligatorio y “se aplicarán las disposiciones y sanciones establecidas en la Ley Electoral de la provincia del Neuquén para aquellos ciudadanos que no cumplan con su obligación de votar”. También se empleará el sistema de Boleta Única Electrónica o papel, asegurando “la confidencialidad del voto y la integridad del proceso electoral". LORENA PARRILLI- LEGISLATURA.jpg Rechazo El bloque de Unión por la Patria, a través de los legisladores Lorena Parrilli y Darío Peralta, habían impulsado un dictamen de minoría que no fue avalado en el recinto. Las diferencias principales con el de mayoría que creaba una Comisión de Participación Ciudadana, integrada por un representante de la Legislatura, otro del Ejecutivo y un tercero de organizaciones sociales afectadas por la consulta, más dos representantes directos de la ciudadanía. Esta comisión iba a ser la encargada de redactar la pregunta por sí o no. Además, prohibía que la consulta popular sea convocada junto con elecciones a cargos electivos y también establecía que no se puedan hacer campañas con financiamiento privado.

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