Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • Ruta 40: condenaron a un hombre por ocasionar un accidente en el que murió su amigo

    » LM Neuquen

    Fecha: 30/07/2024 13:48

    Se trata de un accidente fatal que se registró en junio de 2023, a la altura del paraje La Tungar, entre Chos Malal y Buta Ranquil. Un hombre fue condenado mediante un acuerdo de partes por ocasionar un accidente sobre la Ruta 40 , en el cual falleció su amigo , en cercanías a Buta Ranquil. El conductor aceptó que su conducción imprudente le causó la muerte al joven Ezequiel Hidalgo y cumplirá dos años de prisión condicional. La teoría del caso que se dio por acreditada con el acuerdo de partes al que llegaron entre la fiscal Natalia Rivera, la defensa y el imputado, es que el hecho ocurrió el 18 de junio de 2023, aproximadamente a las 11. Esa mañana, el hoy condenado Braian Emanuel González Coletta conducía una camioneta Chevrolet S10 por la Ruta Nacional 40, desde Chos Malal hacia Buta Ranquil. A la altura del paraje La Tungar, atravesó una curva con una leve deflexión, perdió el control del rodado e invadió el carril contrario. La fiscal indicó que esta maniobra riesgosa, en la que se encontraba señalizada la ruta con una línea doble amarilla (indicando la prohibición de sobrepaso), generó la inestabilidad en el vehículo, lo que provocó que la camioneta volcara. La víctima, quien iba de acompañante, fue despedida del rodado, produciéndose su muerte de manera inmediata. Se trataba de Ezequiel Hidalgo, de unos 20 años. Durante una audiencia realizada el pasado viernes, la fiscal Rivera presentó ante el juez el acuerdo al que arribó junto a la defensa del condenado. El mismo prevé la declaración de responsabilidad de González Coletta como autor del delito de homicidio culposo. natalia rivera fiscal.jpg Teniendo en cuenta que el condenado no posee antecedentes penales, el alcance del acuerdo contempló además la imposición de una pena de dos años de cumplimiento en suspenso y la inhabilitación para conducir un vehículo por el plazo de cinco años. Además, el hombre deberá cumplir las siguientes reglas de conductas: no cometer nuevos delitos, fijar domicilio ante la Justicia e informar cualquier cambio, no abusar del consumo de bebidas alcohólicas y abstenerse de manera total de consumir estupefacientes. Tampoco podrá establecer contacto con la familia de la víctima por cualquier medio y deberá presentarse de manera trimestral en la sede de la Dirección de Población Judicializada para confirmar que se mantiene a derecho. Tras escuchar a las partes, el juez de garantías Eduardo Daniel Egea homologó el acuerdo presentado por las partes en todos sus términos. Asimismo, el magistrado le hizo saber que en caso de incumplimiento, la pena en su modalidad condicional podrá ser revocada y efectivizada; es decir, podría terminar tras las rejas. Fue absuelto por el accidente en el que murió su amigo En abril pasado, un hombre de Rincón de los Sauces fue juzgado por segunda vez por presuntamente ocasionar un accidente en el que murió su amigo que viajaba como acompañante, al igual que el caso de Chos Malal. La teoría del caso que intentó acreditar por segunda vez el Ministerio Público Fiscal es que el hecho ocurrió el 4 de noviembre del año 2018, aproximadamente a las 5. El imputado conducía "de manera imprudente" y, al menos, a una velocidad de 113,38 km/h. “Esto no le permitió mantener el control y el dominio de la unidad bajo su mando”, sostuvo la fiscal Rocío Rivero en su alegato de apertura, para quien el imputado “tampoco tomó los recaudos necesarios para la conducción prudente y segura, violando los artículos 39, 50, 51 y 64 de la Ley 24.449”. rincon accidente estarli.jpg En esas circunstancias, Rivero explicó que a 550 metros de la rotonda de ingreso a la ciudad de Rincón de los Sauces, el imputado impactó con la parte trasera de una camioneta Volkswagen Amarok en la que se trasladaban otras personas delante de su vehículo, desplazándose en el mismo sentido. Producto de la violenta colisión, la camioneta se salió de la calzada y volcó, mientras que el auto del imputado finalizó su recorrido en el límite de la banquina sur. Rivero resaltó que “a raíz de la conducta imprudente y antirreglamentaria por el imputado” se produjo la muerte de Néstor Fabián Farías (31) y las dos mujeres que se movilizaban en la camioneta sufrieron lesiones graves y leves, respectivamente. A pesar de la prueba presentada por la fiscalía, el nuevo tribunal consideró que no quedó totalmente probada la relación entre el accionar del imputado y el desenlace fatal del siniestro, por lo que decidieron absolverlo una segunda vez.

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por