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  • El Concejo se dispone a aprobar la nueva ordenanza para la noche rosarina: qué cambia

    » La Capital

    Fecha: 04/07/2024 18:27

    Se modifica radicalmente la normativa que rigió durante 23 años. Los locales por encima de los 300 metros cuadrados de superficie podrán funcionar hasta las 6. Aquellos con un metraje por debajo de los 300 metros cuadrados deberán cerrar a las 4.30. Habrá dos licencias: de difusión musical y "música ambiente" El Concejo Municipal , dio vuelta la pesada página tras 23 años de una normativa que había quedado obsoleta. En efecto, en la sesión de este jueves, los ediles se disponen a aprobar una nueva ordenanza que plantea estirar la noche hasta las 6 de la madrugada para locales con más de 300 metros cuadrados de superficie, y hasta las 4.30 para bares con metraje inferior a ese número. Y un requisito será la subdivisión de la licencia de sonido que se diferenciará entre "difusión musical" y “música ambiente” , según supere o no el máximo de 60 decibeles medidos dentro del espacio de diversión. La primera de estas categorías será la que permita a los establecimientos difundir música por medios electrónicos y realizar espectáculos en vivo. Además, se le agregó a último momento un detalle no menor: se incorporó un artículo que le permite a los locales organizar eventos especiales para menores con un protocolo que va a elaborar la Municipalidad con restricción de horarios, luces sonido y obviamente prohibición de alcohol como ya está dispuesto en la normativa municipal La regulación de los centros culturales corrió por cuerdas separadas en otra normativa especial y que el cuerpo se disponía a autorizar. En las modificaciones se busca reconocer a los que desarrollan actividades culturales y artísticas atravesadas por la formación y que, en mayor medida, las realizan en horario diurno. De esta manera, el Palacio Vasallo le puso fin a la ordenanza 7218 del 2001 en la que básicamente dividía la noche entre locales bailables y no bailables. El texto original que había remitido la Intendencia hace un mes atrás fue discutido entre los bloques políticos y tuvo el tamiz de una audiencia pública en la que participaron la mayoría de los actores involucrados en el rubro. En aquel borrador se establecía que en grandes superficies (por encima de los 300 metros cuadrados) la movida se podría estirar hasta las 5 los fines de semana. En el turno diurno, los locales podrían funcionar de 6 a 21. También se indicaba que los locales de hasta 300 metros cuadrados podrían funcionar por las noches de 21 a 3 los fines de semana. Si embargo se introdujo estirar la noche en grandes superficies hasta las 6 y en los bares de menos de 300 metros cuadrados hasta las 4.30. >>Leer más: Nocturnidad: convocan a una audiencia pública y se viene la aprobación de la nueva ordenanza Sin hacinamiento Otro tema sensible es el archiconocido "factor ocupacional". Los locales podrán tener un máximo de cuatro personas por cada 2,30 metros cuadrados de superficie útil, con un margen flexible en función de la cantidad y ancho de las salidas de emergencia, los servicios sanitarios y las condiciones de insonorización. Los subsuelos o plantas altas, deberán contar con medios de evacuación en forma directa a la vía pública. Además, habrá que respetar los criterios impuestos según zonas: hospitalarias y educativas, industriales, comerciales y residenciales. Todos los establecimientos que pretendan obtener la licencia de difusión musical deberán cumplir con los límites máximos. La futura norma recoge otro límite: los locales que admitan hasta 500 personas con un máximo de 300 metros cuadrados de superficie no podrán instalarse a menos de cien metros de establecimientos de salud con internación, geriátricos y salas velatorias. Además, nadie podrá tener una licencia de difusión si pretende localizarse en edificios donde en los otros niveles exista uso de viviendas particulares (salvo la expresa autorización unánime de los vecinos de las otras plantas). nochexxx.jpg Previamente, cada solicitante tendrá que cumplir con un informe de un ingeniero de sonido. En tanto, quienes tramiten la licencia podrán solicitar escenario, aunque cumplimentando los requisitos técnicos que establezca la autoridad de aplicación. Otro gran capítulo se abre con las denominadas "fuentes sonoras al aire libre". La licencia de difusión musical podrá autorizarlas a cielo abierto, pero no deberán tener vecinos linderos a una distancia menor a cien metros. Movida y diversión La futura ordenanza incorpora otro rubro: el "apto gastronomía", tanto de locales con elaboración de alimentos en el establecimiento como aquellos sin. Y se abre la puerta para que asociaciones civiles sin fines de lucro cuyas actividades se desarrollen en clubes, sindicatos y en sus sedes sociales puedan gozar de una licencia eventual que podrá ser permanente o no. La noche se amplía aún más bajo el rubro "permisos especiales" para la realización de eventos o fiestas que por sus características no se desarrollen en lugares habilitados a tal fin. Como se supone, el capítulo seguridad le impone a los licenciatarios la custodia interna y propender a evitar todo hecho que atente contra el descanso de los vecinos y el entorno incluyendo la higiene en las aceras, con una desconcentración ordenada de los asistentes. Se le exigirá al empresario capacitación de su personal en temáticas como violencia de género e inclusión social.

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