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  • Nueva reforma laboral: los principales puntos con la Ley Bases aprobada – ACTUALIDAD A DIARIO

    Chajari » actualidadadiario

    Fecha: 28/06/2024 23:48

    La Ley Bases es un hecho, después de meses de rechazos, modificaciones y negociaciones. Qué dice la reforma laboral Después de un debate que llevó más de 12 horas, la Cámara de Diputados aprobó la Ley Bases y el paquete fiscal, una de las principales herramientas que tiene el Gobierno a partir de ahora. Javier Milei ingresó ambos proyectos al Congreso en diciembre. A partir de ese momento, se abrió el juego de las negociaciones. Con sesiones fallidas y modificaciones, ganó el diálogo político y finalmente se aprobó el primer paquete legislativo del Gobierno. Poco quedó de la primera reforma. La Libertad Avanza redujo el texto original de 60 a 17 artículos para llegar al segundo debate de la ley en la Cámara Alta, que fue a fines de abril. Ahora, el proyecto vuelve a manos de Javier Milei. Según la Constitución, el presidente tiene el poder de vetar total o parcialmente la ley aprobada por ambas Cámaras del Congreso. También puede promulgarla directamente. Es decir, darle el visto bueno a todo el documento. En caso de ser así, la ley entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial. Luego, el Ejecutivo tendrá que reglamentar las reformas en un plazo máximo de 90 días a partir de su entrada en vigencia. Cuáles son los principales artículos de la reforma laboral Despido por discriminación: la reforma laboral contempla una indemnización agravada. Es decir, una compensación económica más alta por la gravedad del despido, como forma de reparar el daño causado. Según la reforma laboral que aprobó Diputados, en estos casos el pago sería entre el 50% y 100% más si el motivo es por discriminación. Por ejemplo, raza, religión, opinión política o gremial, identidad de género, orientación sexual, caracteres físicos o discapacidad. Modificación del período de prueba: El tiempo máximo era de tres meses. Ahora, el plazo cambia según la cantidad de empleados: Seis meses de período de prueba para las empresas con más de 100 empleados. Ocho meses para las entidades que tienen entre seis y 100 trabajadores. Un año de prueba en las entidades que tienen hasta cinco empleados. Una persona independiente puede trabajar con cinco empleados, sin necesidad de establecer una relación de dependencia. Creación de un fondo de cese laboral: las empresas tienen la posibilidad de crear un fondo voluntario de cese, una suerte de seguro para pagar futuras indemnizaciones por despido. Eliminación de multas por trabajo no registrado: la reforma elimina la obligación que tienen las empresas de tener empleados registrados (“en blanco”). Por lo general, siempre se les cobró una multa a todas las empresas por tener trabajadores “en negro”. Sin embargo, esta condición será extinta y se les perdonará la evasión de aportes jubilatorios. Simplificación registral: establece un régimen simplificado de registración laboral con un aporte único para las empresas de hasta 20 empleados. Licencias por maternidad: el artículo 90 señalaba que la licencia por maternidad podrá iniciarse hasta 10 días antes de la fecha del parto. Según la reforma, “queda prohibido el trabajo del personal femenino o persona gestante durante los cuarenta y cinco (45) días anteriores al parto y hasta cuarenta y cinco (45) días después del mismo. Sin embargo, la persona interesada podrá optar por que se le reduzca la licencia anterior al parto, que en tal caso no podrá ser inferior a diez (10) días”.

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