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  • Causa Cuadernos: la Justicia dice que el dinero negro era para aportes de campaña

    » La Capital mdp

    Fecha: 21/06/2024 11:45

    En un fallo polémico la Cámara Federal de Casación Penal decidió que los empresarios implicados en la conocida Causa Cuadernos pueden alegar que los pagos en negro realizados a funcionarios del gobierno kirchnerista fueron aportes de campaña no declarados y no sobornos. Esta resolución transformaría uno de los casos de corrupción más importantes del país en una serie de infracciones electorales tras años de investigaciones y personas presas. La Cámara de Casación, integrada por los jueces Daniel Antonio Petrone, Diego Barroetaveña y Carlos Mahiques, tomó esta decisión al evaluar los casos de Angelo Calcaterra, ex dueño de la constructora Iecsa y primo del ex presidente Mauricio Macri, y Javier Sánchez Caballero, su mano derecha. Los empresarios argumentaron que los pagos realizados durante los años 2013 y 2015 fueron contribuciones voluntarias a las campañas electorales del Frente para la Victoria, el partido entonces en el poder y no sobornos para obtener contratos de obras públicas. Esta interpretación judicial fue inicialmente planteada por Hugo Eurnekian, sobrino de Eduardo Eurnekian, durante las primeras etapas de la investigación. Eurnekian argumentó que los pagos que realizó no eran coimas sino aportes de campaña, y que, por lo tanto, debían ser tratados en el fuero electoral. La defensa de Eurnekian fue liderada por Mariano Cúneo Libarona, actual ministro de Justicia del gobierno de Javier Milei, logró trasladar su caso fuera del ámbito penal federal, un precedente que ahora beneficia a otros empresarios. Los empresarios acusados sostuvieron consistentemente que los pagos en cuestión fueron efectuados bajo presión, pero con la intención de apoyar las campañas electorales. Angelo Calcaterra, por ejemplo, declaró que su empresa participó en más de 300 licitaciones, ganando alrededor de 30 contratos, la mayoría adjudicados por el Ministerio de Planificación Federal, dirigido en ese entonces por Julio De Vido y su segundo, Roberto Baratta. Según Calcaterra, fue Baratta quien le insinuó la necesidad de contribuir financieramente a las campañas del partido. En su testimonio, Calcaterra explicó: “Baratta me llamó por teléfono y me insinuó que tenía que empezar a aportar dinero para las campañas electorales. Después, comenzó a presionarme para eso, y fue así que terminamos poniendo plata en momentos de campaña electoral, porque la presión de Baratta era mucha”. La fiscal general de juicio, Fabiana León, se opuso firmemente a esta interpretación. Argumentó que trasladar estos casos al fuero electoral minimiza la gravedad de los hechos y socava la integridad del sistema judicial. Sin embargo, su apelación fue desestimada, y la Cámara de Casación decidió que la jueza federal con competencia electoral, María Servini, debe continuar la investigación sobre los hechos imputados. La resolución a favor de Calcaterra y otros empresarios establece un precedente que podría ser utilizado por otros acusados para eludir juicios por corrupción. Armando Loson, otro empresario implicado en la causa, también admitió haber realizado pagos durante las campañas electorales de 2013 y 2015, bajo la misma presión que describieron otros empresarios. Loson, dueño de la empresa generadora de electricidad Grupo Albanesi, detalló cómo era presionado por Baratta para realizar los pagos, los cuales entregaba en cocheras, fraccionados porque no disponía del dinero en su totalidad en un solo momento. Esta línea argumental ha sido adoptada por varios otros empresarios, incluyendo Hugo Dragonetti y Jorge Balán, quienes también han presentado sus casos como infracciones electorales. La decisión de la Cámara de Casación podría llevar a que estos casos sean trasladados del fuero penal al electoral, donde las penas son menos severas y el riesgo de prescripción es mayor. La decisión de la Cámara de Casación ahora representa un desafío para la lucha contra la corrupción en Argentina y podría llegar a la Corte Suprema de Justicia.

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