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» Noticiasnet
Fecha: 28/04/2024 01:00
27/04/2024 En una medida publicada en el Boletín Oficial, a través de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), el Gobierno obliga a las empresas aseguradoras de automóviles a excluir el servicio de grúas o remolques y asistencia mecánica en todo el país. Además, les pone un plazo máximo para hacerlo: 90 días. Es así que, en los próximos tres meses, los remolques incluidos en las pólizas solo serán en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto. La medida lleva la firma de Guillermo Plate, superintendente de Seguros de la Nación. Según la resolución 217/2024, la cobertura del seguro automotor no incluirá "traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto". A partir de la medida, el Gobierno publicó una comunicación oficial: "Con el objetivo fijado por el Gobierno Nacional de liberar al ciudadano de la regulación excesiva para clarificar sus derechos y obligaciones, y en cumplimiento de la función primordial de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) que es proteger a los asegurados y supervisar a las aseguradoras, se dispuso una modificación en lo atinente a servicios adicionales de traslados y remolques de vehículos". "La SSN busca proteger al ciudadano, enfocando la responsabilidad de las aseguradoras en el objeto principal del contrato de seguros que es el de cubrir riesgos e indemnizar siniestros, en vez de brindar un servicio ajeno a la actividad, deficiente en su prestación y con un alto grado de insatisfacción", afirmaron desde el Gobierno. "De esta manera se otorga la posibilidad de, por un lado, un mayor desarrollo de la oferta y por el otro, al ciudadano, de elegir precio y servicio según su conveniencia y criterio", concluyeron desde el Gobierno.
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