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  • Se demora el juicio a Daniel Rossi

    Parana » DavidRicardo

    Fecha: 26/04/2024 19:59

    El fiscal Alvaro Pierola debía asistir hoy a los tribunales de la ciudad de La Paz y en su lugar se presentó Facundo Barboza quien con escuálidos argumentos defendió la postura de Pierola. Por otra parte las defensas argumentaron el pedido de Recusacion y se quejaron de la ausencia del fiscal recusado. Este viernes, en los Tribunales de La Paz, se desarrolló una audiencia para tratar una presentación realizada por la defensa del intendente de Santa Elena, Daniel Rossi, al fiscal que asumió el caso de cara al debate oral y público. La audiencia fue presidida por la jueza Carolina Castagno, quien estuvo acompañada por los vocales Juan Malvasio y Alejandro Grippo. Por la defensa, estuvieron los abogados Carlos Reggiardo (representa a Rossi, a Roberto Méndez, ex secretario de Gobierno; y a la contadora municipal María Inés Martínez) y César Jaime (Zenón Ortíz, responsable técnico del Programa Más Cerca); y el fiscal Facundo Barbosa. El abogado Reggiardo fue el primero en tomar la palabra. En su alocución, afirmó que Rossi es víctima de «una persecución política» en el marco de la «interna del peronismo». La causa, cabe recordar, se inició en 2016 tras la denuncia del entonces intendente Silvio Moreyra, concuñado de Rossi. Como prueba, anexó la denuncia ante el jury que formuló contra el fiscal -aunque aclaró que no es causal para la recusación ya que la denuncia no fue admitida aún- y una nota cursada por la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial al Colegio de la Abogacía en el que reprocha la actitud de varios abogados, entre los que se lo incluye, contra los jueces y fiscales. En concreto, la nota a la que hizo referencia habla del “escenario hostil al que se enfrenta el Poder Judicial en su conjunto, y determinados/as miembros de la Magistratura y de los Ministerios Públicos en particular, al utilizarse o amenazarse, por parte también de determinados profesionales del derecho, con la acción constitucional ante el Honorable Jurado de Enjuiciamiento, o del Juicio Político y/u de otras denuncias, recusaciones y presentaciones administrativas y/o judiciales, como instrumento de presión y condicionamiento para el ejercicio de nuestra –también función constitucional”. En el inicio de su planteo, Reggiardo sostuvo: «Esta es una causa que tiene ocho años y medio. Está basada en un plan de obra que se hizo entre 2014 y 2015. Hablamos del plan Más Cerca, que estaba desde 2008 en la provincia. En este caso era una obra que significó 20 millones de pesos. Lo digo con orgullo: esta obra tiene una sobre ejecución del 26%». A su tiempo, el fiscal Barbosa solicitó se rechace la recusación contra Piérola. Fundamentó que el Tribunal no tiene competencia para tratar este tipo de planteos y destacó que la prueba ofrecida no tiene asidero en el caso. «Las recusación dirigidas a integrantes del Ministerio Público Fiscal deben ser sustanciadas ante el fiscal Coordinador o ante el Procurador General. Entiendo que aparece el primer obstáculo que obtura el camino del planteo recusatorio. Se recusó ante un órgano que no resulta competente para intervenir en este tipo de procedimientos», señaló. En segundo término, dijo que «la única causa legal en el planteo recusatorio llevado a cabo se dirige a la aplicación del artículo 60 del Código Procesal Penal, el cual nos señala que para que sea procedente una recusación, la denuncia ante el Jurado de Enjuiciamiento de quien pretende recusar debe ser admitida. En este caso, no se observa apertura de caso». Por último, el abogado defensor César Jaime reclamó que sea el fiscal Piérola quien se defienda de las acusaciones. «No podemos dejar en manos del Dr. Barbosa esta cuestión sobre la falta de objetividad, la familiaridad con funcionarios políticos y la mesa judicial que se denunció. Se lo debe escuchar a Piérola y esta defensa tampoco se quiere aprovechar de esta situación». Tras oír a las partes, el Tribunal dispuso un cuarto intermedio para analizar las posturas y dar su resolución. Luego de que se resuelva esta discusión, se deberá avanzar con el juicio oral y público.

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