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» Derf
Fecha: 25/04/2024 08:36
que los Agentes de menos de cinco mil afiliados que tuvieran un ingreso mensual promedio por afiliado «inferior al ingreso mensual promedio por afiliado de todo el sistema», estaban habilitados a recibir «una compensación Sin embargo, el artículo 1 del decreto 355/24 publicado este jueves por la noche sustituye lo expresado anteriormente por un nuevo artículo 2 que señala: «El SUBSIDIO DE MITIGACIÓN DE ASIMETRÍAS (SUMA) será distribuido por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), en forma automática y a mes vencido, entre los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud. El TRES POR CIENTO (3 %) de la recaudación mensual correspondiente a los aportes y contribuciones que establecen los incisos a) y b) del artículo 16 de la Ley Nº 23.660 se distribuirá en forma directamente proporcional al número de afiliados de cada Agente”. Al mismo tiempo, deroga el artículo 3° de la normativa sancionada en 2012 y que señalaba lo siguiente: «El monto del subsidio que reciban los Agentes de más de CINCUENTA MIL (50.000) afiliados no podrá ser menor al UNO Y MEDIO POR CIENTO (1,5%) del total de su recaudación, correspondiente a los aportes y contribuciones que establecen los incisos a) y b) del artículo 16 de la Ley N° 23.660, ni superior al OCHO Y MEDIO POR CIENTO (8,5%) de la misma».
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