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  • Rechazan excarcelación por riesgos procesales y porque hace dos meses se concedió el arresto domiciliario

    Parana » APF

    Fecha: 28/03/2024 11:30

    Rechazan excarcelación por riesgos procesales y porque hace dos meses se concedió el arresto domiciliario Paraná, 28 mar (APFDigital) – Fue en el contexto de una causa que investiga a una mujer por el presunto delito de narcotráfico • El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná acogió los argumentos de Fiscalía, que sostuvo que los riesgos procesales no están neutralizados y porque el 19 de enero se le concedió prisión domiciliaria • El debate se realizará partir del 23 de mayo de 2024 · La defensa pretende un cambio de calificación que contemple el consumo personal El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, resolvió “no hacer lugar a la excarcelación de AST” y reenvió la causa para que continúe según su estado. APFDigital accedió a la resolución emitida por el Tribunal como consecuencia del incidente de excarcelación que presentó la imputada, por intermedio de la defensora pública coadyuvante, Gisela Cancellieri, en una causa por infracción a la Ley 23737, de Narcotráfico. La mujer fue detenida con varias bolsitas de cocaína en su poder. • Pericia médica La defensora recordó que su asistida fue beneficiada hace dos meses por este Tribunal con la prisión domiciliaria y consideró “la necesidad de un nuevo análisis respecto a las medidas de coerción dispuestas…”. En este sentido entendió que “la madurez de la causa y el buen comportamiento de su defendida tornan necesario moderar aún más la medida dispuesta”, destacando que “aún no se ha podido plantear un cambio de calificación en su favor, atento que debe cumplimentarse la pericia médica psiquiátrica interesada por dicha defensa, tendiente a determinar si es o no consumidora de estupefacientes y así encuadrar el hecho en alguno de los tipos del artículo 14 de la Ley 23.737”. El fiscal, Ignacio Candiotti, reseñó lo sucedido y argumentó que “los elementos de cargo reunidos en su contra hasta el presente, son claros y elocuentes acerca de su intervención en el tráfico de estupefacientes máxime teniendo en cuenta la cantidad de envoltorios que fueron habidos dentro de sus prendas”. • Cuadro situacional Candiotti sostuvo que “debe tenerse en cuenta, que AST se encuentra usufructuando el beneficio de la prisión preventiva morigerada, la cual consentida por el Ministerio Público Fiscal y concedida por este Tribunal Oral hace escaso tiempo”. Asimismo, añadió que “en esa oportunidad se valoró el mismo cuadro situacional y probatorio con el que aquí nos encontramos, el cual, …, permitió afirmar que la prisión domiciliaria resultaba una medida idónea para conjurar los riesgos procesales presentes en el caso, pero ahora la defensa no aportó ningún elemento novedoso que habilite la revisión de la situación cautelar de la nombrada y se encuentra en trámite el pedido de incorporación de Tellechea al sistema de monitoreo electrónico, como medida que aporta mayor resguardo de los fines del proceso”. • Consumo personal La defensa cuestionó que “no existen evidencias que prueben los fines de comercialización” e indicó que “en el eventual caso de resultar condenada la pena debería ser de ejecución condicional”. En ese sentido, destacó que “de las tareas de vigilancia desplegadas, su defendida fue mencionada en dos oportunidades solamente, las que se encuentran vinculadas al arribo y salida de su domicilio, que no se encontrarían relacionados al accionar ilícito que se investiga”, agregó que el teléfono de su asistida “no fue intervenido y que la cocaína incautada es exigua e insignificante, de conformidad a la pericia química”. En cuanto al dinero secuestrado, expresó que fue “poca cantidad, lo que conforma otro indicador a descartar el tráfico”. • Inidónea El fiscal argumentó que “la defensa cuestiona los elementos probatorios de cargo que pesan sobre la situación de AST, siendo una vía inidónea un pedido de soltura anticipada como se intenta y la ponderación de tales consideraciones deberá ser efectuada en el debate oral y público, en tanto la prisión preventiva es una medida meramente instrumental que tiene por fin asegurar la buena marcha del proceso, y evitar la fuga y entorpecimiento de parte de aquel respecto a quien se dispone”. Así, por lo expuesto y considerando que la imputada “fue beneficiada recientemente con la concesión de la domiciliaria, medida sustitutiva de la detención en prisión que ya luce como una decisión razonada, deberá rechazarse el planteo excarcelatorio cursado por su defensa”. • Riesgos procesales El Tribunal sostuvo que “… atento el acontecer que describe la pieza acusatoria y utilizando las reglas de la sana crítica racional, no se advierte que el riesgo procesal esté neutralizado, con lo cual se comparte las expresiones vertidas por el representante del MPF”. Añadió que “de este modo, no puede descartarse la posibilidad de que la procesada interfiera en la obtención del material probatorio, comunicándose con los testigos que van a deponer, siendo entonces, la prisión preventiva morigerada, una herramienta para salvaguardar los fines del proceso”. Asimismo, el Tribunal expresó que “debe tenerse presente que mediante Resolución 02/24 de fecha 19 de enero del corriente año se le concedió prisión domiciliaria, una especie de morigeración que le permite cierta actividad para desarrollar algunas tareas con mayor libertad. Se reitera, durante el debate oral, público y contradictorio la imputada y si defensa técnica tendrán la oportunidad de analizar la prueba ofrecida, a los fines de ponderar las diferentes circunstancias que rodearon el hecho, no correspondiendo adelantar dicho análisis en esta etapa preliminar”. (APFDigital) Fecha Publicación: 28/03/2024 10:54

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