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  • ¿Por qué está prohibido realizar fuego en espacios públicos en Bariloche?

    » AN Bariloche

    Fecha: 28/03/2024 08:02

    martes 26 de marzo de 2024 El gobierno de la provincia de Río Negro, en un esfuerzo coordinado con el Servicio de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales (SPLIF), declaró, a mediados de diciembre de 2023, el estado de emergencia ígnea en todo el territorio provincial hasta el 30 de abril de 2024, prohibiendo terminantemente la generación de cualquier tipo de fuego en espacios públicos y en zonas no habilitadas expresamente para tal fin. Esta medida responde a la creciente preocupación por los factores físicos que favorecen la ocurrencia y propagación del fuego, como lo son rayos, fuertes vientos, altas temperaturas y escasa precipitación, a lo que se suma una creciente actividad humana tanto de residentes como de visitantes, incrementando el riesgo de incendios en la vegetación. Los incendios recientes en zonas de interfase urbano-forestal no solo causaron daños materiales significativos, sino que también pusieron en riesgo vidas humanas, y afectado la flora y fauna locales. Además, la tendencia global hacia un clima más propicio para incendios forestales, con temporadas más largas y severas, subraya la urgencia de adoptar medidas preventivas. La declaración de emergencia, basada en la Ley N.° 27.616, resalta el impacto devastador de los incendios en el departamento de Cushamen, Chubut, y en la zona de El Bolsón, Río Negro, durante el verano de 2021. Además, el reciente Informe Nacional de Peligro de Incendios de Vegetación advierte sobre el aumento del riesgo en la región debido a la probabilidad de temperaturas por encima del promedio y la escasez de precipitaciones, lo que incluye un incremento en la ocurrencia de tormentas eléctricas y, por ende, de incendios provocados por rayos. Con el fin de prevenir daños ambientales, personales y patrimoniales, el decreto impone restricciones específicas sobre la generación de fuego y actividades relacionadas, e insta a concesionarios de balnearios, zonas turísticas, campings, complejos hoteleros, propietarios de campos, y otros, a extremar las medidas de prevención y vigilancia contra incendios. El SPLIF tiene la facultad de disponer excepciones a esta prohibición y de extender el plazo del estado de emergencia si fuese necesario. Asimismo, se invita a municipios y comisiones de fomento a adherirse a estas medidas, reforzando la prevención y la difusión de estas disposiciones críticas. Este decreto subraya la importancia de la responsabilidad individual y colectiva en la prevención de incendios, recordando que la mayoría de estos desastres están vinculados al factor humano, por acciones intencionales o por negligencia. En este sentido, se busca no solo evitar la ocurrencia de nuevos incendios, sino también minimizar el impacto ambiental, económico y social que estos eventos pueden provocar. (ANB)

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