ARCA lanzó un plan de pagos para regularizar deudas: cómo acceder
ARCA, ex AFIP; Deudas Pymes y plan de regulación. Cómo acceder al plan de regulación de deudas de ARCA.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció un nuevo régimen especial de facilidades de pago destinado a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs), pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro.
Esta iniciativa de la ex AFIP establecida por la Resolución General 5875/2026 busca facilitar la regularización de obligaciones impositivas, aduaneras y de seguridad social vencidas hasta el 30 de junio de 2026, incluyendo multas e intereses.
Este régimen está dirigido exclusivamente a determinados contribuyentes y establece condiciones específicas para acceder al plan, como la obligación de realizar un pago a cuenta inicial, un máximo de cuotas según la clase de deuda y un plazo límite para la adhesión. También se definen claramente las obligaciones que pueden incorporarse y las que quedan excluidas, así como los casos en que el plan caduca automáticamente.
Esta iniciativa responde a la necesidad de ofrecer una herramienta para que muchas MiPyMEs regularicen deudas fiscales acumuladas como consecuencia de las dificultades económicas de los últimos años y eviten procesos de ejecución fiscal y embargos.
La resolución identifica tres grupos de beneficiarios y excluye a personas condenadas por ciertos delitos tributarios o aduaneros, a personas jurídicas cuyos directivos tengan condenas vigentes, responsables solidarios y garantes de obligaciones impositivas y aduaneras contempladas. La exclusión aplica cuando hay sentencia firme vigente.
El plan abarca un amplio rango de obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026, incluyendo impuestos, aportes a la seguridad social y sus accesorios, retenciones y percepciones impositivas con sus accesorios, además de obligaciones aduaneras relacionadas con importaciones o exportaciones y los intereses previstos en el Código Aduanero. También se incluyen multas aplicadas hasta esa fecha.
Entre las obligaciones excluidas del régimen se encuentran las retenciones y percepciones previsionales, salvo los aportes personales de trabajadores en relación de dependencia; anticipos y pagos a cuenta; IVA de ciertos servicios digitales y prestaciones desde el exterior; aportes y contribuciones para obras sociales, salvo los de monotributistas; cuotas de planes de facilidades vigentes; cuotas para ART y Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.
Uno de los puntos clave del régimen es la financiación. Para Micro y Pequeñas Empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, el plan ofrece hasta 18 cuotas para obligaciones impositivas, aduaneras y de seguridad social, y hasta 9 cuotas para retenciones y percepciones impositivas. En ambos casos, se exige un pago a cuenta del 5% sobre la deuda consolidada y la tasa mensual de financiación es del 2,75%, equivalente a la tasa de interés resarcitorio vigente.
Para las Medianas Empresas Tramos 1 y 2, se permiten hasta 15 cuotas para obligaciones generales y hasta 7 cuotas para retenciones y percepciones, con un anticipo obligatorio del 10% y la misma tasa mensual del 2,75%. Además, la resolución estableció un monto mínimo de $50.000 para el pago a cuenta y para cada cuota, que deberán abonarse de forma mensual, igual y consecutiva.
Cómo adherir al plan de pago de ARCA
La adhesión al régimen debe realizarse exclusivamente a través del servicio web "Mis Facilidades", bajo la opción "Régimen Especial de Facilidades de Pago - Obligaciones vencidas al 30/06/2026".
La fecha límite para adherirse es el 30 de octubre de 2026. La deuda se consolidará una vez efectuado el pago a cuenta, momento en el que el sistema presentará automáticamente el plan y notificará al contribuyente mediante el Domicilio Fiscal Electrónico. No hay límite en la cantidad de planes que un contribuyente puede presentar.