Monotributo 2026: cambian las escalas y ya corre el plazo para recategorizarse, quiénes deben hacerlo - Primera Edición
Miles de monotributistas ya pueden realizar la recategorización semestral luego de que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializara las nuevas escalas del régimen. La actualización incluye un aumento del 16,8% tanto en los topes d
Miles de monotributistas ya pueden realizar la recategorización semestral luego de que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializara las nuevas escalas del régimen. La actualización incluye un aumento del 16,8% tanto en los topes de facturación como en las cuotas mensuales y estará vigente desde agosto de 2026.
Sin embargo, no todos los contribuyentes deberán hacer el trámite. La obligación alcanza únicamente a quienes, según los parámetros registrados durante los últimos 12 meses, deban cambiar de categoría. El plazo para completar la gestión vence el 5 de agosto de 2026.
A continuación, todo lo que hay que saber para evitar errores, multas o una recategorización de oficio.
¿Quiénes deben recategorizarse en el Monotributo?
La recategorización corresponde solamente a quienes modificaron su nivel de actividad durante el último año y, por ese motivo, deben subir o bajar de categoría.
En cambio, no deben realizar ningún trámite:
- Los monotributistas cuyos parámetros no cambiaron.
- Quienes llevan menos de seis meses inscriptos en el régimen.
- Aquellos cuya categoría continúa siendo la misma tras el análisis de los últimos doce meses.
Si no corresponde un cambio, el sistema mantiene automáticamente la categoría vigente.
¿Hasta cuándo hay tiempo para hacer el trámite?
ARCA estableció que la recategorización podrá realizarse hasta el 5 de agosto.
Las nuevas categorías comenzarán a regir con la cuota que vence el 20 de agosto, mientras que el pago correspondiente a julio se abonará con la categoría anterior.
Todo el procedimiento se realiza de manera online mediante el servicio Monotributo, ingresando con Clave Fiscal.
Cómo saber si corresponde cambiar de categoría
Uno de los errores más frecuentes consiste en mirar únicamente cuánto dinero ingresó a la cuenta bancaria.
En realidad, ARCA analiza los ingresos devengados, es decir, las facturas emitidas durante los últimos doce meses, aunque todavía no hayan sido cobradas.
Por ejemplo, una factura emitida en junio pero cobrada en agosto igualmente integra el período que debe analizarse para la recategorización.
Los cuatro datos que analiza ARCA
Muchas personas creen que solamente importa la facturación, pero el organismo toma en cuenta cuatro parámetros:
- Ingresos brutos acumulados.
- Alquileres devengados del inmueble donde se desarrolla la actividad.
- Superficie afectada a la actividad.
- Consumo de energía eléctrica.
Esto significa que un contribuyente puede verse obligado a cambiar de categoría aun cuando su facturación prácticamente no haya variado.
Nuevas escalas del Monotributo 2026
Con la actualización semestral, los topes máximos de ingresos quedaron establecidos de la siguiente manera:
| Categoría | Facturación anual máxima |
| | : |
| A | $12.009.410,45 |
| B | $17.595.182,74 |
| C | $24.670.494,31 |
| D | $30.628.651,43 |
| E | $36.028.231,33 |
| F | $45.151.659,41 |
| G | $53.995.798,87 |
| H | $81.924.660,37 |
| I | $91.699.761,90 |
| J | $105.012.519,20 |
| K | $126.610.838,75 |
Cuánto se paga por categoría desde agosto
Las cuotas mensuales también fueron actualizadas.
Servicios
- Categoría A: $49.527,18
- Categoría B: $56.379,08
- Categoría C: $66.020,12
- Categoría D: $84.612,93
- Categoría E: $119.811,45
- Categoría F: $150.784,21
- Categoría G: $230.312,94
- Categoría H: $522.706,68
- Categoría I: $963.747,86
- Categoría J: $1.167.299,76
- Categoría K: $1.614.446,04
Venta de bienes
- Categoría A: $49.527,18
- Categoría B: $56.379,08
- Categoría C: $64.530,58
- Categoría D: $82.564,81
- Categoría E: $108.267,51
- Categoría F: $129.930,65
- Categoría G: $158.815,05
- Categoría H: $317.895,01
- Categoría I: $474.992,78
- Categoría J: $580.793,69
- Categoría K: $702.103,24
El error que muchos cometen con la recategorización simplificada
ARCA ofrece una modalidad simplificada que propone automáticamente una categoría según la información que posee el organismo.
Sin embargo, especialistas tributarios recomiendan no aceptar esa sugerencia sin revisar previamente todos los datos.
Es importante verificar que la facturación coincida con la realidad del contribuyente y considerar también operaciones cobradas mediante transferencias bancarias, billeteras virtuales y terminales de pago electrónico, ya que algunos movimientos podrían no estar reflejados completamente en la propuesta automática.
Qué controla ARCA antes de aprobar la categoría
El organismo realiza distintos cruces de información para verificar que la categoría declarada sea correcta.
Entre otros aspectos, controla:
- Facturación electrónica.
- Movimientos bancarios.
- Compras realizadas.
- Consumos.
- Acreditaciones en billeteras virtuales.
- Operaciones con tarjetas y sistemas de cobro.
Si detecta inconsistencias, puede iniciar una recategorización de oficio o incluso excluir al contribuyente del Monotributo si supera los límites permitidos por el régimen.
¿Qué pasa si no hacés la recategorización?
Quienes estaban obligados a modificar su categoría y no realizan el trámite antes del 5 de agosto continuarán inicialmente en la categoría actual.
No obstante, si ARCA detecta diferencias podrá:
- Recategorizar al contribuyente de oficio.
- Reclamar las diferencias de impuestos.
- Aplicar intereses.
- Imponer sanciones previstas por la normativa.