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La voz hace 5 horas 2 min de lectura

Monotributo: rigen las nuevas escalas de Arca y el plazo para recategorizarse vence el 5 de agosto

El organismo oficializó un incremento del 16,8% en los topes de facturación y en las cuotas mensuales para las once categorías del régimen simplificado en línea con la inflación del primer semestre.

Monotributo: rigen las nuevas escalas de Arca y el plazo para recategorizarse vence el 5 de agosto
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Impuestos. Monotributo: rigen las nuevas escalas de Arca y el plazo para recategorizarse vence el 5 de agosto

El organismo oficializó un incremento del 16,8% en los topes de facturación y en las cuotas mensuales para las once categorías del régimen simplificado en línea con la inflación del primer semestre.

Los monotributistas de todo el país tienen plazo hasta el próximo 5 de agosto para realizar la recategorización semestral obligatoria ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) tras la oficialización de las nuevas escalas del régimen.

El trámite debe ser realizado únicamente por aquellos contribuyentes cuyos parámetros de actividad de los últimos doce meses determinen una categoría distinta a la actual.

La actualización de los valores contempla una suba del 16,8% en los topes de facturación y en las cuotas mensuales, en sintonía con la inflación acumulada informada por el Indec.

Los nuevos importes de las cuotas comenzarán a aplicarse a partir del vencimiento del 20 de agosto.

Quiénes están exceptuados del trámite

Aquellos contribuyentes que mantuvieron los mismos parámetros de facturación, alquileres y consumo de energía no tienen la obligación de realizar ninguna gestión.

El sistema conservará automáticamente la categoría vigente para quienes no deban subir ni bajar de escala.

Tampoco deben recategorizarse los inscriptos que tengan menos de seis meses de antigüedad en el régimen simplificado.

Los cuatro parámetros que analiza ARCA

La determinación de la categoría correcta no depende exclusivamente del dinero facturado durante el último año.

Para establecer si corresponde una modificación, el organismo analiza las siguientes cuatro variables:

- Ingresos brutos acumulados: se debe considerar el monto facturado según el criterio del devengamiento y no lo efectivamente cobrado.

- Alquileres devengados: se toma en cuenta el monto total de los alquileres del inmueble afectado a la actividad.

- Superficie afectada: se evalúa el espacio físico destinado al desarrollo de la tarea profesional o comercial.

- Energía eléctrica consumida: se contabilizan los kilowatts utilizados durante los últimos doce meses.

Nuevas escalas de facturación anual

Los nuevos topes de ingresos anuales para permanecer en cada categoría quedaron establecidos de la siguiente manera:

- Categoría A: hasta $12.009.410,45.

- Categoría B: hasta $17.595.182,74.

- Categoría C: hasta $24.670.494,31.

- Categoría D: hasta $30.628.651,43.

- Categoría K: hasta $126.610.838,75.

Controles y recategorización de oficio

Arca realiza cruces de datos constantes entre las facturas emitidas y los movimientos registrados en cuentas bancarias o billeteras virtuales.

Si el organismo detecta que los gastos o acreditaciones superan los límites declarados, puede disponer una recategorización de oficio o la exclusión del régimen.

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