Una exdirectiva de una empresa de Lázaro Báez realizará tareas comunitarias a cambio de no ir a juicio por corrupción
La Cámara de Casación le otorgó una probation a Myriam Elizabeth Costilla, que deberá prestar servicio durante dos años en un lugar de ancianos; es una causa vinculada al fraude en la obra pública
Una exdirectiva de una empresa de Lázaro Báez realizará tareas comunitarias a cambio de no ir a juicio por corrupción
La Cámara de Casación le otorgó una probation a Myriam Elizabeth Costilla, que deberá prestar servicio durante dos años en un lugar de ancianos; es una causa vinculada al fraude en la obra pública
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Una exdirectiva de una empresa de Lázaro Báez fue beneficiada en una causa judicial en la que estaba acusada de fraude, al lograr la suspensión del juicio a cambio de realizar tareas comunitarias.
La decisión es de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, que benefició, en un fallo dividido, a Myriam Elizabeth Costilla, directora de la empresa de Báez Kank y Costilla SA.
El fallo de la mayoría fue firmado por los camaristas Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, quienes confirmaron la decisión del Tribunal Oral Federal 2 que había concedido la suspensión de juicio a prueba a Costilla.
Borinsky fue quien argumentó y Barroetaveña adhirió a sus fundamentos. Borinsky mencionó que ese fallo constituye una derivación razonada del derecho vigente con aplicación de las circunstancias comprobadas de la causa.
En disidencia, el juez Gustavo Hornos se pronunció en contra de otorgar el beneficio y, por el contrario, instó a que fuera llevada a juicio oral y público cuanto antes con el resto de los acusados.
Esta causa es el segundo tramo de la causa Vialidad por corrupción estatal, en la que Cristina Kirchner fue condenada a 6 años de prisión.
Costilla fue beneficiada con la suspensión de la causa a cambio de fijar residencia y someterse al cuidado de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal y realizar tareas comunitarias durante dos años por cuatro horas semanales en favor del Hogar de Ancianos Pablo VI de Comodoro Rivadavia, en Chubut.
Tanto la fiscalía, a cargo de Diego Luciani y Sergio Mola, como la Unidad de Información Financiera, que es la parte querellante, se opusieron a la concesión de ese beneficio. Acusan a Costilla de haber intervenido, entre enero de 2007 y agosto de 2013, en la ejecución y subsistencia de una matriz de corrupción.
Le imputan que desde su rol de presidenta de Kank y Costilla SA permitió que se sustrajeran en forma periódica y constante fondos públicos mediante una maniobra de defraudación al Estado Nacional a través de la obra pública vial.
Dijo la fiscalía que, para concretarlo, en uso de sus facultades como presidenta de la empresa, Myriam Elizabeth Costilla decidió ofertar en las licitaciones investigadas.
Todo esto a pesar de que estaba prohibido que otras firmas del mismo conglomerado ofertaran en la misma licitación, contribuyendo a la estrategia desplegada por el grupo encabezado por Lázaro Antonio Báez.
La firma Kank y Costilla S.A. fue incorporada al entramado empresarial controlado por Lázaro Báez en 2007, cuando comenzó a ejecutarse la maniobra defraudatoria.
El 15 de enero de 2007, Báez adquirió, junto con Austral Construcciones S.A., el 100% de Kank y Costilla S.A., que desde entonces pasó a integrar el conjunto de empresas bajo su dirección y control.
Así manejó el circuito económico mediante el cual se canalizaron y administraron los beneficios derivados de las contrataciones públicas irregulares investigadas, señala la acusación.
En su disidencia, el juez Gustavo Hornos destacó que no podía otorgársele la probation sobre la base de la gravedad institucional de los hechos investigados.
Destacó que los delitos por los que se acusa a Myriam Costilla como presidenta de la firma Kank y Costilla S.A. permiten dimensionar la entidad de la maniobra investigada, ejecutada por funcionarios de la más alta jerarquía del Estado Nacional junto a personas privadas, ocasionando un colosal daño al erario público, que representa una de las mayores afectaciones al patrimonio estatal judicialmente acreditadas en la historia argentina.
Dijo el juez que la señora debe enfrentar un juicio oral y público, ámbito natural para el debido esclarecimiento de los hechos y la determinación de eventuales responsabilidades.
Hornos dijo que se trata de hechos de corrupción, los cuales deben ser juzgados con la máxima severidad, ya que no solo lesionan bienes jurídicos económicos, sino que dañan los cimientos mismos del orden constitucional, y eso debe verse traducido al momento de la ejecución de la sentencia.
Sostuvo que La corrupción, como delito doloso contra el Estado que conlleva enriquecimiento ilícito, ha sido reconocida como una de las formas más graves de ataque a las instituciones republicanas.
Dijo qeu cuando un funcionario público participó del hecho no corresponde aplicar este beneficio a un particular y puso como ejemplo que en otro tramo de este caso ya tienen condena firme Cristina Kirchner y José López, entre otros.
Por último, destacó la necesidad de avanzar sin mayores dilaciones hacia la realización del juicio oral y público, dado el tiempo transcurrido desde los hechos investigados.
En El segundo tramo del caso Vialidad se invetsiga a una red secundaria de empresarios y exfuncionarios que supuestamente participaron en el desvío de fondos de obras públicas.
Se centra en los contratos irregulares otorgados a las empresas de Lázaro Báez en la provincia de Santa Cruz. Los acusados son empresarios, socios y exfuncionarios de la Dirección Nacional de Vialidad, como Martín Báez, hijo de Lázaro Báez, el excontador Fernando Butti y el exfuncionario Sandro Férgola.
Se buscan determinar las responsabilidades operativas en el fraude a la administración pública y el encubrimiento de la estructura de corrupción.
El Tribunal Oral Federal 2, el mismo que condenó a Cristina Kirchner, lleva adelante el caso, donde varios acusados firmaron acuerdos de juicio abreviado para admitir su culpabilidad a cambio de una pena menor.