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La Pirámide hace 4 días 2 min de lectura

El Gobierno modificó el régimen aduanero postal y eliminó los límites para exportaciones por correo

A través de un decreto, la administración nacional introdujo cambios en el régimen aduanero aplicable a los envíos postales. La medida elimina el límite de valor para las exportaciones comerciales por correo y unifica las condiciones tributarias para

El Gobierno modificó el régimen aduanero postal y eliminó los límites para exportaciones por correo
Foto: La Pirámide

El Gobierno modificó el régimen aduanero postal y eliminó los límites para exportaciones por correo

El Gobierno nacional oficializó una reforma del régimen aduanero aplicable a los envíos postales mediante el Decreto 604/2026, publicado en el Boletín Oficial. La normativa elimina el límite de valor para las exportaciones comerciales realizadas por correo y establece un nuevo esquema tributario para las importaciones sin finalidad comercial.

Según informó el Ejecutivo, la medida busca simplificar las operaciones de comercio exterior, facilitar las exportaciones de pequeños productores, emprendedores y comerciantes, y reducir las diferencias existentes entre el operador postal oficial y las empresas privadas de mensajería.

Hasta la entrada en vigencia del decreto, las exportaciones comerciales por vía postal no contaban con una reglamentación específica, lo que dificultaba la utilización de los mecanismos simplificados previstos por la Unión Postal Universal (UPU), organismo del que Argentina forma parte desde 1887.

Con la nueva normativa, las exportaciones comerciales enviadas por correo ya no tendrán un límite de valor. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de establecer las disposiciones operativas para la implementación del nuevo régimen.

En materia de importaciones, el decreto unifica el tratamiento tributario para los envíos gestionados tanto por el operador postal oficial como por los servicios de courier privado. A partir de ahora, los envíos de hasta 400 dólares de valor FOB estarán exentos del pago de derechos de importación y de la tasa de estadística, con un máximo de cinco operaciones anuales por persona física.

Si el valor de la mercadería supera ese monto, únicamente tributará el importe excedente, de acuerdo con el régimen general vigente.

Desde el Ministerio de Economía señalaron que la modificación apunta a reducir costos administrativos, brindar mayor previsibilidad a quienes realizan compras en el exterior y generar nuevas oportunidades para que emprendedores y pequeñas empresas puedan acceder a mercados internacionales mediante un sistema aduanero más ágil.

La reforma forma parte del proceso de desregulación impulsado por el Gobierno nacional, orientado a simplificar trámites, disminuir barreras operativas y fomentar el comercio electrónico internacional mediante herramientas compatibles con los estándares de la Unión Postal Universal.

Fuente: Conclusión Libertad con Responsabilidad

La Pirámide Esta nota se publicó originalmente en el medio.
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