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FMsensacion887 hace 4 días 3 min de lectura

Confirmaron el sobreseimiento de la empresaria gastronómica que en 2025 atropelló y mató a un turista

Buenos Aires, 17 julio (NA) La Sala 1 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el sobreseimiento de Patricia Ana Scheuer, la empresaria gastronómica que el 1° de enero de 2025 atropelló y mató al turista brasileño

Buenos Aires, 17 julio (NA) La Sala 1 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el sobreseimiento de Patricia Ana Scheuer, la empresaria gastronómica que el 1° de enero de 2025 atropelló y mató al turista brasileño Fernando Pereira De Amorim Junior en avenida Del Libertado y Alvear.

A través de un escrito de 18 páginas, al que accedió la agencia Noticias Argentinas, los jueces Pablo Lucero y Rodolfo Pociello Argerich argumentaron los puntos por los que se confirma el sobreseimiento de Scheuer dictado a fines de mayo de este año, luego de la apelación impuesta por la querella de Adriana Nunes Cleusa, viuda y quien también fue atropellada, y de Gabriel Colla de Amorim, hijo de la víctima.

En el escrito de apelación, la querella expuso que es prematura la resolución de sobreseimiento dictado en un comienzo en el entendimiento de que, en esta etapa procesal, el magistrado de instrucción está vedado para sobreseer por duda.

Además, dieron una serie de explicaciones por las que se debería evaluar la continuidad de la investigación contra la empresaria, pero los jueces respondieron y también expusieron los indicadores que llevaron a confirmar el dictamen.

Entre los puntos señalados por la Cámara de Apelaciones es que se descartó que la imputada estuviera utilizando su celular en los minutos previos al hecho, pues el dispositivo se encontraba en reposo (pantalla apagada y bloqueado).

Entre los más importante se afirmó que el evento investigado se produjo en un contexto de ausencia de control finalista por parte de la encausada, luego de descartar todas las hipótesis alternativas y de verificar que no existió conducta previa voluntaria o culposa y que no se verificó una acción penalmente relevante atribuible a Patricia Scheuer.

Tras excluir todas aquellas condiciones que podrían haber afectado el manejo diligente del vehículo por parte de la encausada y, en consecuencia, haber tenido injerencia en el resultado, corresponde señalar que, como única explicación compatible con la evidencia reunida, la posibilidad de que ella, mientras conducía el rodado por la avenida Del Libertador, aproximadamente a la altura del Museo de Bellas Artes, haya experimentado un episodio epiléptico focal que, durante por lo menos veinte segundos, destaca el documento.

Dicho episodio alteró de manera significativa su capacidad de autodeterminación y, aunque no habría tenido una cancelación absoluta de la conciencia, sí resulta idóneo para excluir la existencia de un control finalista del vehículo, impidiéndole ajustar voluntariamente su comportamiento a la realidad.

Del informe elaborado por la Junta Médica del Cuerpo Médico Forense, en el que intervinieron los peritos de una de las querellas y de la defensa, surge que no es posible descartar que Scheuer haya tenido una crisis focal con pérdida de conciencia al momento del hecho investigado, cuya duración, según se indicó, puede extenderse desde algunos segundos hasta varios minutos.

Agencia NA

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