Ley de Tierras: qué cambiaría la reforma que impulsa Milei y cómo la regulan Brasil, Uruguay y Paraguay
El proyecto que debatirá el Senado el 6 de agosto elimina los límites para que inversores privados extranjeros adquieran campos en el país. En la región, en cambio, los países vecinos mantienen distintos mecanismos de control y restricciones.
Mientras el Gobierno busca avanzar con una reforma de la Ley de Tierras Rurales para flexibilizar la compra de campos por parte de extranjeros, los principales países de la región conservan esquemas que, con distintos alcances, regulan este tipo de operaciones. Brasil establece topes por municipio, Uruguay exige identificar a los propietarios de las sociedades y Paraguay mantiene normas específicas, pese al alto nivel de extranjerización de su superficie rural.
La iniciativa promovida por la administración de Javier Milei será debatida recién el próximo 6 de agosto, luego de que se postergara la discusión prevista para este jueves en el Senado. El proyecto propone un cambio de fondo respecto del régimen vigente, ya que elimina las restricciones para que personas físicas y empresas privadas extranjeras puedan adquirir tierras rurales.
No obstante, mantiene e incluso refuerza los controles cuando los compradores sean Estados extranjeros, empresas públicas o sociedades controladas por gobiernos.
La actual Ley 26.737 fija que los extranjeros no pueden concentrar más del 15% de las tierras rurales del país. Ese límite también se aplica en cada provincia y en cada municipio.
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Además, establece un tope equivalente a 1000 hectáreas en la zona núcleo para un mismo titular extranjero y prohíbe la adquisición de inmuebles rurales ubicados sobre cuerpos de agua permanentes, glaciares y zonas consideradas estratégicas de frontera.
El Ejecutivo sostiene que la legislación vigente constituye una barrera para la llegada de inversiones vinculadas con actividades como la forestación, el desarrollo de sistemas de riego y los cultivos permanentes, especialmente en regiones como el NEA, Cuyo y la Patagonia.
En esa línea, el Gobierno plantea diferenciar el tratamiento de los inversores privados del que reciben los Estados extranjeros. Mientras los primeros podrían adquirir tierras sin los límites actuales, los gobiernos extranjeros, sus empresas y las sociedades bajo su control continuarían sujetos a autorizaciones especiales y a un esquema de control más estricto.
De acuerdo con datos oficiales, cerca del 6% de las tierras rurales argentinas pertenece actualmente a propietarios extranjeros, una cifra muy inferior al máximo permitido por la legislación.
Brasil: topes por municipio y por nacionalidad
Brasil cuenta con uno de los sistemas más restrictivos de Sudamérica para la compra de tierras por parte de extranjeros.
La Ley 5.709 establece que la propiedad extranjera no puede superar el 25% de la superficie de un municipio. A su vez, los compradores de una misma nacionalidad tienen prohibido concentrar más del 10% del territorio municipal.
Las operaciones son supervisadas por el Instituto Nacional de Colonización y Reforma Agraria (INCRA), encargado de llevar el registro y controlar el cumplimiento de esos límites.
Si prospera la reforma impulsada por el Gobierno argentino, el esquema local quedaría considerablemente más abierto que el brasileño.
Uruguay: foco en la identificación de los propietarios
En Uruguay no existen prohibiciones generales para que extranjeros compren campos, aunque sí rigen exigencias vinculadas con la transparencia de las operaciones.
La normativa obliga a identificar a los accionistas de las sociedades titulares de tierras rurales, registrar la composición societaria y garantizar la trazabilidad de la propiedad.
Además, el Parlamento uruguayo analiza distintos proyectos para reforzar los controles sobre las adquisiciones de tierras, especialmente en las zonas de frontera.
Con la modificación propuesta por el Ejecutivo argentino, el país pasaría a tener un régimen más flexible que el uruguayo.
Paraguay: elevada participación extranjera
Paraguay presenta uno de los mayores niveles de participación extranjera en la propiedad rural de la región.
Estudios sobre la materia estiman que entre el 14% y el 19% del territorio pertenece a propietarios extranjeros. En algunos departamentos fronterizos, ese porcentaje llega incluso al 60%, impulsado principalmente por inversiones provenientes de Brasil.
Sin embargo, especialistas señalan que ese nivel de extranjerización responde a un proceso desarrollado durante décadas y convive con regulaciones específicas para la adquisición de tierras, por lo que no equivale a un régimen de apertura irrestricta.