Estaban celebrando sus 15 años, se cortó la luz y terminaron la fiesta a oscuras: la Justicia los indemnizó con $4.000.000
Sucedió en Lomas de Zamora en 2017. La empresa pretendía devolverle solo los 2.000 pesos que la familia había puesto como seña hace casi 10 años. Qué resolvió la Justicia.
Lo que debía ser una noche inolvidable para una familia de Lomas de Zamora terminó en frustración: durante la fiesta de 15 años, un corte de luz dejó a todos a oscuras y obligó a continuar el evento sin los servicios que habían contratado.
La situación derivó en una demanda judicial contra los dueños del salón, que casi diez años después deberán indemnizar a los padres de la cumpleañera, que ya tiene 24 años.
La Justicia confirmó la sentencia que responsabilizó a la firma por el incumplimiento contractual. El fallo ordenó el pago de $4.000.000 en concepto de daño moral y daño punitivo, más intereses, y sumó la restitución de un depósito en garantía que no había sido devuelto.
El fallo: condena por daño moral y punitivo
El conflicto comenzó en 2017, cuando una familia contrató el salón para celebrar los 15 años de su hija. Sin embargo, un corte de suministro eléctrico durante la fiesta dejó sin funcionamiento la climatización, las pantallas y otros efectos especiales.
Era pleno diciembre, hacían unos 30 grados, y muchos invitados se tuvieron que retirar del lugar debido al calor y la incomodidad, ya que no había generadores ni grupos electrógenos.
Los padres de la joven quinceañera iniciaron una demanda contra la empresa que administraba el salón, y pidieron una indemnización por el daño que les había provocado, no solo a los invitados, sino también a la chica que debía tener su noche soñada, pero que terminó siendo una pesadilla, según resumieron.
Para constatar la demanda, tuvieron que presentar una pericia practicada por un ingeniero electrónico, un informe de los Bomberos Voluntarios de Avellaneda, y el reclamo que habían hecho hacia la empresa Edesur por el corte de luz.
Qué resolvió la Justicia y cómo sigue la causa
En 2023, la jueza de primera instancia, del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº2 del Departamento Judicial de Avellaneda/Lanús, había hecho lugar a la demanda por daño moral y punitivo, ordenó una indemnización por 4.000.000 pesos, pero rechazó el reclamo por daño material.
Este jueves, la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora confirmó esa decisión, al considerar que, si bien hubo un incumplimiento, la fiesta se realizó y se utilizaron la mayoría de los servicios, por lo que no correspondía la devolución total o parcial del precio abonado.
El tribunal remarcó que la indemnización debía limitarse a los daños extrapatrimoniales, ya que no se acreditó un perjuicio económico concreto ni gastos adicionales derivados del incidente.
La devolución del depósito y los intereses
Además, la Cámara hizo lugar al reclamo por la suma de $2.000 entregada en concepto de depósito en garantía para la vajilla, ya que la empresa no demostró roturas ni justificó la retención de ese dinero.
En cuanto a los intereses, el fallo estableció que el monto por daño moral y punitivo se retribuirá a un interés del 6% anual desde la fecha del hecho hasta la sentencia de primera instancia, y luego la tasa activa más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires hasta el pago total.
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Para el depósito en garantía, los intereses correrán desde el final del evento, el 10 de diciembre de 2017, bajo la misma tasa bancaria.
La sentencia confirmó en lo esencial el fallo anterior y modificó algunos puntos: ordenó la devolución del depósito y ajustó el régimen de intereses.
El expediente ahora volverá al juzgado de origen para continuar con los trámites de ejecución y liquidación de la condena.