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Cuestion Entrerriana 14/07/2026 21:04 2 min de lectura

ATER recordó los vencimientos del Inmobiliario Rural y del Impuesto Automotor de julio

La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) recordó que los días 15 y 16 de julio vencen la segunda cuota del Impuesto Inmobiliario Rural y Subrural y la tercera cuota del Impuesto a los Automotores. De este modo, continúa el cronograma de venc

La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) recordó que los días 15 y 16 de julio vencen la segunda cuota del Impuesto Inmobiliario Rural y Subrural y la tercera cuota del Impuesto a los Automotores.

De este modo, continúa el cronograma de vencimientos impositivos previsto para julio, diseñado para ordenar y distribuir las obligaciones tributarias a lo largo del año, facilitar su cumplimiento y favorecer una adecuada planificación.

Fechas clave para Automotor y Embarcaciones

En el caso del Impuesto a los Automotores, el miércoles 15 vence la tercera cuota para los dominios cuyo último dígito numérico finaliza del 0 al 4, mientras que el jueves 16 corresponde a los finalizados del 5 al 9.

En las mismas fechas vence también el Impuesto a las Embarcaciones, correspondiente al pago anual o la primera cuota, con idéntico esquema de terminaciones.

Vencimientos del Inmobiliario Rural y Subrural

Por su parte, la segunda cuota del Impuesto Inmobiliario Rural y Subrural vence el miércoles 15 para las partidas con dígito verificador terminado del 0 al 4 y el jueves 16 para las finalizadas del 5 al 9.

Para quienes optaron por el pago en cuotas, se dispuso un esquema acorde al calendario de cosechas, propuesto por las entidades del sector, con el fin de facilitar la planificación de los contribuyentes.

Calendario completo y boleta digital

Desde ATER se informó que el resto de los vencimientos que operan en julio pueden consultarse en el calendario disponible en el sitio oficial: https://www.ater.gob.ar/ater2/FRMCALENDARIO1.ASP.

Las boletas de los impuestos provinciales se emiten en formato digital y están disponibles las 24 horas en la web de ATER. Los contribuyentes pueden adherir a la Boleta Digital para recibir avisos y notificaciones por correo electrónico.

Para consultas se encuentran habilitados el correo electrónico consultas@ater.gob.ar, la web www.ater.gob.ar y la línea telefónica 0810-888-2837, de lunes a viernes de 8 a 13.

Medios de pago habilitados

Los contribuyentes también pueden abonar de manera presencial en sucursales de Plus Pagos Servicios, presentando únicamente el DNI, número de partida, dominio o CUIT, sin necesidad de contar con la boleta impresa.

Asimismo, se pueden pagar los impuestos provinciales mediante código QR desde billeteras virtuales, home banking, débito automático y otros medios electrónicos habilitados, detallados en www.ater.gob.ar.

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