Goya: rechazaron dos acuerdos de juicio abreviado en causas por violencia de género y abuso sexual - TN24
El juez de Garantías de Goya, Francisco Antonio Arrúe, rechazó la homologación de dos acuerdos de juicio abreviado en causas por violencia de género y
El juez de Garantías de Goya, Francisco Antonio Arrúe, rechazó la homologación de dos acuerdos de juicio abreviado en causas por violencia de género y abuso sexual al considerar que las calificaciones jurídicas acordadas entre el Ministerio Público Fiscal y las defensas no se correspondían con la prueba incorporada en los expedientes.
La decisión fue informada este lunes por el Poder Judicial de Corrientes, que precisó que el magistrado fundamentó ambas resoluciones en la doctrina fijada recientemente por el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes sobre el control de legalidad de los acuerdos abreviados.
Los fundamentos del rechazo
Al analizar los casos, Arrúe recordó el criterio establecido en la Sentencia Nº 86/2026 del Superior Tribunal, según el cual el juez no debe limitarse a homologar el acuerdo alcanzado por las partes, sino verificar que respete la legalidad, las garantías constitucionales y la razonabilidad de la decisión.
En ese sentido, sostuvo que su función consiste en garantizar que la resolución judicial esté respaldada por una valoración objetiva y racional de la prueba.
Los dos casos
El primero de los expedientes corresponde a un hecho de violencia de género en el que el imputado habría arrojado combustible debajo de la puerta de un baño y provocado un incendio mientras la víctima se encontraba en el interior, ocasionándole graves lesiones.
Durante la audiencia, el juez consultó si existían nuevas pruebas que justificaran el cambio de calificación legal propuesto en el acuerdo. Al confirmarse que no había nuevos elementos, concluyó que la modificación respondía únicamente al consenso entre las partes y rechazó su homologación.
El segundo caso involucra a un hombre acusado de abusar sexualmente de su hijastro de 13 años y de incumplir una restricción judicial de contacto mediante redes sociales.
Tras evaluar la declaración en Cámara Gesell, testimonios, informes psicológicos y pericias médicas, el magistrado entendió que la prueba reunida se correspondía con una calificación más grave que la planteada en el acuerdo. Además, tuvo en cuenta la oposición de la asesora de menores y de la madre de la víctima.
Continuará el proceso
En ambas resoluciones, Arrúe sostuvo que el acuerdo entre la Fiscalía y la defensa no puede reemplazar el análisis judicial cuando la calificación jurídica no se ajusta a la prueba existente.
Por ese motivo, resolvió no homologar los acuerdos de juicio abreviado y devolver las actuaciones para que las causas continúen su trámite conforme al Código Procesal Penal.