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Parlamentario 03/07/2026 17:17 2 min de lectura

La Justicia falló a favor de Juliana di Tullio en su denuncia por violencia digital contra el CEO de Remax - Parlamentario

La demanda fue contra el empresario Ariel Champener. El fallo fue firmado por el juez federal Hernán Pagés, quien consideró que la exposición pública no autoriza a legitimar expresiones insultantes y descalificadoras.

La Justicia falló a favor de Juliana di Tullio en su denuncia por violencia digital contra el CEO de Remax - Parlamentario
Foto: Parlamentario

La demanda fue contra el empresario Ariel Champener. El fallo fue firmado por el juez federal Hernán Pagés, quien consideró que la exposición pública no autoriza a legitimar expresiones insultantes y descalificadoras.

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 57 ordenó el resarcimiento daño moral a favor de la senadora nacional Juliana di Tullio en el marco de una denuncia por publicaciones injuriosas realizadas en la red social X por el fundador y CEO del grupo inmobiliario Remax Ariel Champanier.

Los agravios del empresario inmobiliario en contra de la senadora peronista ocurrieron el 19 de mayo del 2024, cuando la acusó de consumir estupefacientes como respuesta a una publicación, donde la senadora cuestionaba al presidente de la Nación, Javier Milei, en el marco del conflicto diplomático entre la República Argentina y el Reino de España.

De inmediato, Juliana di Tullio lo invitó a retractarse o de lo contrario iba a iniciar las acciones legales correspondientes ante el comentario. Finalmente, Ariel Champanier no se retractó, pero borró el comentario y Di Tullio reaccionó: Borrar el tuit y no retractarse, es de cobarde.

La sentencia estuvo a cargo del juez federal Hernán Pagés, quien, en el fallo consideró que la exposición pública no autoriza a legitimar expresiones insultantes, descalificadoras de la persona y que no se asocian al debate de opiniones. También definió que la expresión utilizada por el demandado no puede ser razonablemente interpretada como una crítica política ni como una opinión vinculada con el debate público.

Este fallo marca un precedente histórico en relación a sentencias vinculadas a hostigamiento y violencia digital debido a que la Justicia reconoció que en el pleito se hallaban en juego derechos consagrados constitucional y convencionalmente.

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