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El Once Digital 01/07/2026 08:01 3 min de lectura

Prestación por desempleo para rurales: los nuevos montos que rigen desde julio

La prestación por desempleo para trabajadores rurales registrados se actualizó desde este miércoles 1° de julio y pasó a tener un piso de $197.500.

Prestación por desempleo para rurales: los nuevos montos que rigen desde julio
Foto: El Once Digital

Prestación por desempleo para rurales: los nuevos montos que rigen desde julio

El ajuste de 3,28% fue resuelto por el organismo para quienes atraviesan una situación legal de cesantía. Además del pago mensual, el sistema contempla cobertura médico-asistencial, asignaciones familiares y servicio de sepelio.

1 de Julio de 2026

El ajuste de 3,28% fue resuelto por el organismo para quienes atraviesan una situación legal de cesantía. Además del pago mensual, el sistema contempla cobertura médico-asistencial, asignaciones familiares y servicio de sepelio.

La prestación por desempleo para trabajadores rurales registrados se actualizó desde este miércoles 1° de julio y pasó a tener un piso de $197.500 y un tope de $395.000. La decisión fue adoptada por el Cuerpo Directivo del Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores durante una reunión realizada el 24 de junio.

El incremento es del 3,28% y corresponde al Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo, conocido como SIPRED. El monto que percibe cada beneficiario varía de acuerdo con su situación laboral y los aportes registrados antes de la finalización del vínculo de trabajo.

La prestación por desempleo está destinada exclusivamente a trabajadores y trabajadoras rurales que estén registrados, cuenten con CUIL activo y se encuentren en una situación legal de desempleo. El beneficio no alcanza a personas inscriptas como monotributistas, autónomas, pasantes o becarias, ni a quienes mantengan otra actividad laboral remunerada.

Quiénes pueden acceder y qué requisitos deben cumplir

Para solicitar la prestación por desempleo, los trabajadores permanentes deben acreditar al menos seis meses de aportes dentro de los tres años anteriores al cese laboral. En el caso de temporarios, de temporada o permanentes discontinuos, deben reunir 180 jornadas efectivas de trabajo declaradas en los 36 meses previos a la finalización de la relación laboral.

El trámite debe iniciarse dentro de los 90 días posteriores a la pérdida del empleo. Entre las situaciones contempladas figuran el despido sin causa, la finalización de un contrato temporario, el cierre de un establecimiento o casos de fuerza mayor que puedan ser acreditados ante el organismo.

El pago se deposita en una cuenta bancaria a nombre del titular. Cuando la persona no posee CBU, RENATRE gestiona la apertura de una cuenta en el Banco Nación para garantizar el cobro de la prestación por desempleo y el acceso a una tarjeta de débito.

Adicionales por zona y otros beneficios

Además del monto económico mensual, la prestación por desempleo incluye cobertura médico-asistencial para el titular y su grupo familiar primario, asignaciones familiares administradas por ANSES y servicio de sepelio mientras dure la cobertura. El período durante el cual se cobra también se computa a efectos previsionales.

Los trabajadores rurales que residen en Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur perciben un adicional del 20% sobre el monto general.

En Neuquén y Río Negro, el incremento previsto es del 10%, por tratarse de zonas desfavorables.

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