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Informe Digital 26/06/2026 19:11 4 min de lectura

Campostrini empezó a cumplir prisión por el siniestro vial en Villaguay - Informe Digital

La condena quedó firme tras años de disputa judicial por la modalidad de cumplimiento y la gravedad de las lesiones de Ariel Argain.

Campostrini empezó a cumplir prisión por el siniestro vial en Villaguay - Informe Digital
Foto: Informe Digital

Después de más de cinco años de trámite judicial, Carlos Mariano Campostrini ingresó a la Unidad Penal N° 4 de Concepción del Uruguay para empezar a cumplir la condena de tres años de prisión efectiva por el siniestro vial ocurrido en Villaguay, que dejó a Ariel Argain con secuelas medulares irreversibles.

Según el cómputo oficial de pena, la presentación se concretó el 25 de junio de 2026 y la libertad está prevista para el 24 de junio de 2029, salvo cambios en el régimen de ejecución. Además, deberá cumplir una inhabilitación especial para conducir vehículos automotores durante cuatro años.

Un choque con consecuencias permanentes

La tragedia ocurrió en la madrugada del 24 de noviembre de 2020, sobre el acceso Carlos Fuertes Norte de Villaguay. La Justicia dio por probado que Campostrini manejaba un BMW 120D con Ariel Argain y Diego Melgarejo como acompañantes, bajo los efectos del alcohol, a una velocidad no inferior a 140 kilómetros por hora y con una conducta calificada como culpa temeraria.

Al pasar por un reductor de velocidad, el vehículo sufrió daños, el conductor perdió el control y se produjo una secuencia de derrapes, impactos y vuelcos.

Las lesiones de Argain y el cuadro posterior

Argain sufrió un traumatismo raquimedular con sección completa de la médula espinal, además de múltiples fracturas costales y severas lesiones cervicales. Durante la internación atravesó complicaciones graves, entre ellas tromboembolismo pulmonar, neumonía asociada a respiración asistida, shock séptico, Covid-19, trastornos de ansiedad y depresión reactiva.

Los expedientes también registran dos intervenciones quirúrgicas para estabilizar la columna cervical. Las lesiones fueron calificadas como irreversibles. Melgarejo, en tanto, padeció múltiples heridas cortantes y lesiones faciales.

La pelea judicial fue por la pena efectiva

La responsabilidad penal de Campostrini quedó consolidada hace tiempo. La discusión posterior giró exclusivamente en torno a si la condena de tres años debía cumplirse en prisión o en forma condicional.

La defensa sostuvo que reunía las condiciones para acceder a una condena condicional: no tenía antecedentes, había dejado de consumir alcohol, mantenía un trabajo estable, colaboró con la investigación y no volvió a conducir desde el hecho. También planteó que había mostrado arrepentimiento y que la prisión efectiva no aportaba una finalidad resocializadora.

El recorrido por los tribunales

La primera sentencia fue dictada por el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concepción del Uruguay, que impuso tres años de prisión efectiva. Luego, la Cámara de Casación confirmó esa decisión. Más tarde, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos anuló parcialmente el fallo, sin tocar la condena ni la pena, pero sí la fundamentación sobre la modalidad de cumplimiento.

Por eso ordenó un nuevo juicio de cesura, limitado a definir si la pena debía ser efectiva o condicional. En febrero de 2025, el juez Fernando José Martínez Uncal volvió a analizar ese punto y resolvió mantener la prisión efectiva.

Casación cerró la discusión

La defensa volvió a recurrir y cuestionó que el juez hubiera valorado circunstancias ya consideradas, además de sostener que se había afectado el derecho de defensa. También insistió en que la evolución posterior del condenado era incompatible con una pena de encierro.

La Sala I de la Cámara de Casación rechazó esos planteos por unanimidad. Entendió que la nueva sentencia estaba debidamente fundada y que se había respetado el alcance fijado por el Superior Tribunal. Con esa decisión, quedó firme la obligación de cumplir la pena en prisión.

La gravedad del caso pesó en la decisión

En las resoluciones judiciales aparece de manera reiterada la magnitud del daño causado. Los jueces consideraron que el hecho excedía ampliamente los parámetros habituales de los delitos culposos al volante, no solo por el consumo de alcohol y el exceso de velocidad, sino también por las secuelas permanentes sufridas por la víctima.

Ese cuadro fue decisivo para descartar una condena condicional y sostener la necesidad de una respuesta penal efectiva.

Una causa que dejó una marca en Entre Ríos

Con la condena ya firme, Campostrini comenzó a cumplir la pena este 25 de junio. El cómputo oficial fija el final de la condena para el 24 de junio de 2029.

El caso quedó entre los procesos más extensos y debatidos de los últimos años en Entre Ríos por siniestros viales, con una discusión que terminó concentrada en un punto sensible: hasta dónde puede llegar la Justicia cuando la imprudencia al volante deja consecuencias irreversibles.

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