La Corte Suprema ratificó la cautelar que obliga a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario
El máximo tribunal rechazó un recurso presentado por el Gobierno nacional y mantuvo vigente la medida que ordena aplicar parte de la ley, incluyendo la actual
La Corte Suprema de Justicia ratificó este jueves la medida cautelar que obliga al Estado nacional a cumplir con dos artículos de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario. El máximo tribunal rechazó el recurso presentado por el Gobierno al considerar que no existe una sentencia definitiva sobre el caso, por lo que la resolución judicial previa continuará vigente.
La decisión fue suscripta por los jueces de la Corte, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes mantuvieron la cautelar dictada en instancias anteriores.
Sin embargo, el fallo no genera efectos económicos inmediatos. Días atrás, el 10 de junio de 2026, el Poder Ejecutivo había firmado un acuerdo mediante el cual se comprometió a transferir recursos destinados a una recomposición salarial del 24,33% para el sistema universitario, además de un incremento del 20% en los gastos de funcionamiento y una ampliación de los fondos para hospitales universitarios hasta alcanzar los 50.000 millones de pesos.
Aun así, la decisión judicial es interpretada como un respaldo a la vigencia de la ley impulsada por las universidades nacionales.
Qué establece la medida cautelar
La causa se originó a partir de una acción de amparo colectivo presentada por representantes del Consejo Interuniversitario Nacional y diversas casas de estudio. El planteo cuestiona la constitucionalidad del decreto 759/2025, mediante el cual el Gobierno condicionó la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario a la identificación de fuentes específicas de recursos.
Mientras se analiza el fondo del expediente, la Justicia Contencioso Administrativa Federal ordenó al Estado cumplir de manera inmediata con los artículos 5 y 6 de la norma. Estos puntos contemplan la actualización de los salarios del personal docente y no docente desde diciembre de 2023 hasta la sanción de la ley, así como la recomposición de los programas destinados a estudiantes.
La cautelar no alcanzó otros aspectos previstos en la legislación, como la recomposición integral de los presupuestos universitarios correspondientes a 2024 y 2025 ni otras partidas vinculadas a programas de fortalecimiento institucional.
Al analizar el caso, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal consideró que el Estado no logró desacreditar los argumentos presentados por las universidades. También remarcó que el Congreso insistió en la aprobación de la ley y advirtió que la negativa del Ejecutivo a implementarla se apoyaba en una normativa de menor jerarquía.
Los magistrados señalaron además que la falta de aplicación de la norma podría generar un deterioro significativo en los salarios universitarios y afectar el normal desarrollo de las actividades académicas. Asimismo, sostuvieron que el impacto fiscal derivado de cumplir con la ley no representaba una carga relevante para las cuentas públicas.
El conflicto judicial continúa
La controversia se inició luego de que el Gobierno vetara la Ley de Financiamiento Universitario. Tras la insistencia del Congreso y su posterior promulgación, el Ejecutivo condicionó su ejecución a la determinación de las fuentes de financiamiento.
Posteriormente, el Estado apeló la decisión de la Cámara y promovió recusaciones contra los jueces que intervinieron en el expediente. También solicitó la excusación de los integrantes de la Corte Suprema por su vínculo con la actividad docente universitaria.
Todos esos planteos fueron rechazados. Ahora, con la declaración de inadmisibilidad del recurso extraordinario presentado por el Gobierno, la cautelar queda firme mientras continúa el trámite principal de la causa.
De este modo, la obligación de aplicar los artículos 5 y 6 de la Ley 27.795 seguirá vigente hasta que exista una resolución definitiva sobre la constitucionalidad del decreto 759/2025.