Docentes truchos: el STJ ratificó que Chaco no deberá pagarle los aportes a la Fundación Valdocco
El máximo tribunal chaqueño rechazó los recursos presentados por la Fundación y la Asesoría de Niñas, Niños y Adolescentes, validando el accionar adminis
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) puso punto final a la discusión judicial sobre la legalidad del cierre de unidad escolar perteneciente a la Fundación Valdocco, y la suspensión del financiamiento estatal que recibía.
El tribunal, con los votos de los jueces Néstor Enrique Varela, Alberto Mario Modi y Hugo Miguel Fonteina, desestimó los recursos extraordinarios de inconstitucionalidad interpuestos tanto por la Fundación Valdocco como por la Asesora de Niñas, Niños y Adolescentes N° 1 contra la sentencia de la Cámara de Apelaciones Multifueros.
El STJ respaldó la decisión de la Cámara, sosteniendo que la Fundación no logró acreditar que la clausura de la unidad educativa fuera arbitraria o ilegal. Según los jueces, el Ministerio de Educación actuó dentro de sus facultades de supervisión, fiscalización y control del servicio educativo de gestión privada, basándose en informes técnicos que detectaron irregularidades administrativas, pedagógicas y financieras.
Asimismo, el tribunal subrayó que la Fundación no posee legitimación para representar a la comunidad indígena Wichi como un sujeto colectivo a los fines de exigir una "consulta previa", al no ser una entidad que acredite una representación formal o directa de dicho pueblo originario.
A pesar de confirmar el rechazo a la acción de amparo, el Superior Tribunal de Justicia hizo una salvedad fundamental: el hecho de confirmar las medidas administrativas no implica dejar desprotegidos a los niños, niñas y adolescentes que residían en la institución.
En este sentido, el STJ ratificó la exhortación a la Administración Provincial para que, al ejecutar la clausura y la reubicación de los menores, asegure de manera coordinada y efectiva la protección integral de sus derechos fundamentales: educación, salud, alimentación, vivienda, identidad cultural y contención familiar.
El fallo destaca que, tras requerir informes a diversos organismos públicos, se confirmó que el Estado ya se encuentra interviniendo a través de mecanismos específicos (como las Unidades de Protección Integral y controles de legalidad) para garantizar la continuidad de las trayectorias educativas y el bienestar de los menores involucrados, muchos de los cuales ya han sido objeto de traslados y procesos de acompañamiento asistidos.
De esta manera, el STJ concluye que la resolución de los conflictos administrativos y el resguardo de la niñez deben seguir caminos diferenciados, reafirmando que el Estado tiene la responsabilidad de garantizar los derechos de los menores mediante los órganos competentes, sin que ello signifique sustituir al Poder Judicial en el diseño de las políticas públicas educativas.