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9digital 25/06/2026 16:58 3 min de lectura

Condenan a cinco años de prisión a prefecto que causó una tragedia vial en la ruta 11 - 9 Digital - Mi 9

Condenan a cinco años de prisión a prefecto que causó una tragedia vial en la ruta 11 -

Condenan a cinco años de prisión a prefecto que causó una tragedia vial en la ruta 11 - 9 Digital - Mi 9
Foto: 9digital

La vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones, Carolina Castagno condenó a Maximiliano Marcelo Medina, de 38 años, y funcionario de la Prefectura Naval Argentina, a la pena de cinco años de prisión de cumplimiento efectivo. Medina fue hallado responsable de los delitos de homicidio imprudente calificado y lesiones imprudentes, tras protagonizar un siniestro vial fatal mientras conducía bajo los efectos del alcohol y en sentido contrario al permitido.

El suceso ocurrió durante la madrugada del 22 de diciembre de 2025, aproximadamente a las 00:50, en la Ruta Provincial N° 11, a la altura de Oro Verde. Medina conducía un Volkswagen Gol en sentido sur-norte, pero lo hacía por la vía oeste, destinada a la circulación norte-sur. En ese trayecto en contramano, y sin realizar maniobras de evasión, colisionó de frente contra un Volkswagen Senda en el que viajaban Luis Carlos Ruhl de 67 años y su esposa, Ana Margarita Lell.

Como consecuencia del violento impacto, Ruhl falleció en el lugar debido a politraumatismos graves, mientras que Lell sufrió fracturas y lesiones de gravedad que requirieron una internación prolongada. Las pericias toxicológicas posteriores confirmaron que Medina manejaba con un nivel de 1,21 gramos de alcohol por litro de sangre, superando ampliamente los límites permitidos.

Al dictar el fallo en el marco de un juicio abreviado, Castagno fue contundente al analizar la responsabilidad del imputado. La magistrada sostuvo que Medina excedió el riesgo permitido al administrar de forma deficiente su rol como conductor de una fuente de peligro como es un automóvil.

Castagno destacó que el comportamiento del prefecto es el que explica normativamente la muerte de Ruhl y las lesiones de Lell, subrayando que el acusado transformó el riesgo permitido inicial en un riesgo desaprobado por la norma jurídico penal al violar simultáneamente la prohibición de circular a contramano y la de conducir intoxicado. Asimismo, la jueza valoró la gravedad excepcional de la conducta desplegada y la magnitud de los daños causados como factores agravantes para la pena impuesta.

Durante el proceso, los fiscales Juan Manuel Pereyra y Conrado Castagno Gini delimitaron la acusación y solicitaron la pena de cinco años de prisión efectiva, junto con una inhabilitación especial para conducir vehículos por diez años. Por su parte, el abogado de la querella particular, Pedro Fontanetto, ratificó en todos sus términos el acuerdo alcanzado, adhiriendo a las pruebas presentadas por la fiscalía.

La defensa técnica, ejercida por Jesús Lucas Germano, también prestó su conformidad al procedimiento de juicio abreviado. Ante el tribunal, el defensor solicitó que, dado el estatus de Medina como miembro de una fuerza de seguridad, su alojamiento tras la sentencia se realice en un sector diferenciado de la Unidad Penal N° 1 para resguardar su integridad física.

Finalmente, la sentencia dispuso que Medina permanezca bajo la modalidad de arresto domiciliario en la ciudad de Diamante hasta que el fallo quede firme, momento en el cual será trasladado para cumplir su condena en prisión

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