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Tiempo San Juan 25/06/2026 08:55 2 min de lectura

El Gobierno confirmó el bono extraordinario para jubilados en el mes de julio: el monto

El bono extraordinario se pagará a jubilados, pensionados y otros beneficiarios del sistema previsional administrado por la ANSES.

El Gobierno confirmó el bono extraordinario para jubilados en el mes de julio: el monto
Foto: Tiempo San Juan

El Gobierno nacional oficializó el otorgamiento del bono extraordinario previsional de hasta $70.000 que se pagará en julio de 2026 a jubilados, pensionados y otros beneficiarios del sistema previsional administrado por la ANSES.

La medida fue establecida mediante el Decreto 532/2026 publicado este jueves en el Boletín Oficial, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello y entró en vigencia el día de su dictado.

El mencionado bono alcanzará a las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES a los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor y a los beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.

En tanto, el decreto estableció que quienes perciban un monto igual o inferior al haber mínimo previsional garantizado cobrarán el bono completo de hasta $70.000. En tanto, quienes superen ese haber recibirán un monto equivalente al necesario para alcanzar el tope resultante de sumar el haber mínimo y el bono máximo previsto.

Para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al haber mínimo previsional garantizado, el importe máximo del bono extraordinario previsional será igual al monto necesario para alcanzar el tope que resulte de la suma de dicho haber mínimo más el monto máximo del bono extraordinario previsional, indicó el escrito.

Además, el decreto indicó: Dispónese que, en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho a la percepción del bono extraordinario previsional que se otorga por el presente decreto.

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