Diputados aprobó el Súper RIGI y baja impuestos a nuevas industrias - Informe Digital
El proyecto apunta a inversiones de US$1.000 millones y recorta Ganancias al 15% para sectores como IA y baterías.
La Cámara de Diputados aprobó este miércoles el proyecto de Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias, conocido como Súper RIGI, que obtuvo media sanción con el respaldo del oficialismo y sus aliados. La iniciativa ahora pasó al Senado y busca atraer proyectos de al menos US$1.000 millones en sectores que el Gobierno define como industrias del futuro, entre ellos inteligencia artificial, data centers, baterías de litio, paneles solares, turbinas eólicas y desarrollos ligados a la cadena de valor del uranio.
El nuevo esquema amplía y modifica el RIGI vigente, que orienta los incentivos a actividades tradicionales como minería, petróleo, gas, energía e infraestructura. La propuesta concentra los beneficios en rubros considerados inéditos a escala comercial en el país y exige que al menos el 20% de la inversión total se concrete en los primeros dos años.
Entre los principales beneficios fiscales, el Súper RIGI baja la alícuota del Impuesto a las Ganancias del 25% al 15%, incorpora amortización acelerada, permite deducir quebrantos sin límite temporal y fija una alícuota del 3,5% sobre dividendos y utilidades.
Además, garantiza arancel cero para importaciones y retenciones cero a las exportaciones, establece un tope del 0,5% para Ingresos Brutos en las provincias adheridas y prohíbe tasas municipales sobre ventas. Como el régimen actual, contempla estabilidad regulatoria por 30 años.
Principales diferencias entre el RIGI y el Súper RIGI
- Sector de aplicación:
- El RIGI se dirige a sectores tradicionales como minería, petróleo, gas, energía e infraestructura.
- El Súper RIGI está orientado exclusivamente a nuevas actividades económicas (tecnología, infraestructura digital, inteligencia artificial, semiconductores, biotecnología avanzada, baterías de litio, energías renovables y data centers).
- Monto mínimo de inversión:
- En el RIGI, el umbral oscila entre US$200 y US$600 millones según el sector.
- En el Súper RIGI, el mínimo es de US$1.000 millones por proyecto.
- Requisito de ejecución:
- El RIGI exige pisos de inversión inicial según el sector.
- El Súper RIGI demanda que el 20% del monto comprometido se invierta en los primeros dos años.
- Beneficios fiscales:
- El RIGI fija una alícuota del 25% para el Impuesto a las Ganancias.
- El Súper RIGI la baja al 15%.
- Se incorpora amortización acelerada (60% el primer año, 20% el segundo y 20% el tercero).
- Permite deducir quebrantos sin límite de tiempo y transferirlos a terceros luego de cinco años.
- Reduce la carga sobre dividendos y utilidades.
- Incentivos aduaneros y tributarios:
- El Súper RIGI garantiza arancel cero para importaciones y 0% de retenciones a exportaciones.
- Presión tributaria local:
- El RIGI exige un piso mínimo de contratación de proveedores locales (20% de la inversión).
- El Súper RIGI elimina este requisito y prohíbe imponer compras locales en condiciones menos favorables que las de mercado.
- Tope del 0,5% para Ingresos Brutos y prohibición de tasas municipales sobre ventas.
- Reglas cambiarias:
- Ambos regímenes otorgan libre disponibilidad progresiva de divisas por exportaciones: 20% el primer año, 40% el segundo, 100% el tercero.
- Estabilidad normativa:
- Ambos esquemas contemplan una estabilidad regulatoria de 30 años.
Las claves del Súper RIGI
El foco sectorial del Súper RIGI marca la diferencia central con el régimen anterior. Mientras el RIGI prioriza minería, petróleo, gas, energía e infraestructura, la nueva propuesta dirige los incentivos a actividades que el oficialismo considera de base tecnológica y con mayor valor agregado, como data centers para inteligencia artificial, fabricación de paneles solares, turbinas eólicas y la industrialización de recursos como baterías de litio o el refinado de cobre.
En materia de inversión, el nuevo régimen fija un piso único de US$1.000 millones por proyecto, frente a los montos mínimos de entre US$200 y US$600 millones que establecía el esquema anterior según la actividad. Además, las compañías deberán desembolsar al menos el 20% de esa suma durante los primeros dos años de adhesión.
En el plano fiscal, el proyecto reduce la alícuota del Impuesto a las Ganancias del 25% al 15% y acelera el esquema de amortización, con 60% en el primer año y 20% en cada uno de los dos siguientes. También habilita la deducción ilimitada de quebrantos y su transferencia a terceros después de cinco años, junto con alivios sobre dividendos y utilidades distribuidas.
En cuanto al IVA, mantiene el uso de Certificados de Crédito Fiscal para inversiones y suma la posibilidad de transferir saldos si la devolución supera los tres meses. El marco normativo asegura arancel cero para importaciones vinculadas a la producción y elimina las retenciones a las exportaciones.
En el plano impositivo local, el texto impone un máximo del 0,5% para Ingresos Brutos en las provincias adheridas y veta la aplicación de tasas municipales calculadas sobre ventas. La intención es reducir la presión fiscal subnacional y dar más previsibilidad a los proyectos de gran escala.
El régimen original obligaba a contratar proveedores locales por al menos el 20% de la inversión en bienes y obras, siempre que existiera oferta competitiva. El Súper RIGI elimina ese requisito y establece que no podrán imponerse compras locales en condiciones menos favorables que las de mercado.
En lo referido al acceso a divisas, se mantiene el esquema de disponibilidad progresiva para exportaciones: 20% en el primer año, 40% en el segundo y acceso total en el tercero. A eso se suman exenciones completas de derechos de importación y exportación, beneficios sobre el impuesto a los débitos y créditos bancarios y una alícuota única del 10% para las contribuciones patronales asociadas a la creación de empleo.
El régimen garantiza estabilidad regulatoria por 30 años y prevé mecanismos internacionales para resolver disputas entre los inversores y el Estado argentino.
Actualmente, 45 empresas de 11 países participan en el régimen vigente, con Argentina a la cabeza (11 firmas), seguida por Canadá y China (cinco cada una), Reino Unido y Suiza (tres cada una). Ese mapa refleja el interés que despiertan los beneficios fiscales y normativos disponibles.
El Súper RIGI apunta a acelerar la llegada de inversiones extranjeras y a ofrecer certezas regulatorias para proyectos de gran escala. En ese esquema, el límite a Ingresos Brutos y la prohibición de tasas municipales sobre ventas buscan bajar la presión tributaria local y reforzar la previsibilidad del negocio.