Senado avanza con el ecocidio y sube la pena hasta 25 años - Informe Digital
El proyecto ya tiene dictamen y suma apoyos de Bullrich y otros senadores; abre una fuerte disputa por su alcance penal.
El Senado dio dictamen favorable a un proyecto que incorpora el delito de ecocidio al Código Penal y abre una discusión de alto voltaje sobre hasta dónde puede llegar la respuesta penal frente a daños ambientales graves. La iniciativa, impulsada por la senadora chubutense Edith Terenzi, ya cosechó apoyos y rechazos dentro de la propia Cámara alta y encendió alertas en sectores productivos.
Según publicó LA NACION, entre quienes acompañaron el dictamen figura Patricia Bullrich, junto con legisladores de La Libertad Avanza, el PRO, bloques provinciales y algunos referentes vinculados al peronismo. La senadora santafesina Carolina Losada firmó en disidencia, al igual que Nadia Márquez y Maximiliano Abad. También respaldaron el texto Juan Carlos Pagotto, Romina Almeida y Bartolomé Abdala.
Qué cambia el proyecto
La propuesta busca tipificar el ecocidio y las formas especiales de criminalidad ambiental e incorporar un nuevo Título XIV, bajo la denominación Delitos contra el ambiente. Allí se define el ecocidio como el daño irreversible o especialmente grave provocado sobre el ambiente en violación de normas de protección ambiental.
El punto más sensible está en las penas. Para los daños especialmente graves, extensos y duraderos, el texto prevé prisión de tres a diez años y multas. Si el daño es irreversible, la escala sube a cinco a 15 años y sanciones económicas más altas.
La pena más dura y el rol de los funcionarios
El artículo que más ruido generó establece que, si como consecuencia del delito muere una persona, la pena será de cinco a 25 años de prisión. Si el resultado fuera la muerte de dos o más personas, el mínimo se eleva a 10 años.
Además, cuando intervenga un funcionario público, las penas se agravan en un tercio en su mínimo y su máximo, con inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.
El proyecto también incorpora responsabilidad penal para las empresas. Prevê multas de hasta cinco veces el beneficio obtenido, suspensión de actividades, pérdida de beneficios estatales y restricciones para contratar con el Estado.
También alcanza a la culpa
Otro punto polémico es que no se limita a conductas dolosas. La figura también podría configurarse por imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de los deberes a cargo, aunque con penas menores que en los casos intencionales.
En los fundamentos, Terenzi sostiene que el Código Penal argentino no contempla delitos ambientales como categoría autónoma y que las normas vigentes no alcanzan para castigar las conductas más graves contra el ambiente.
La senadora también argumenta que la degradación de los ecosistemas exige una respuesta clara, contundente y eficaz del derecho penal. Como antecedentes, el texto cita experiencias de Francia, Bélgica, Colombia, Chile y Bolivia, además de iniciativas en la Unión Europea.
La propuesta retoma además definiciones impulsadas en foros internacionales. En sus fundamentos menciona que un panel de juristas convocado por Stop Ecocide definió el ecocidio como cualquier acto ilícito o arbitrario cometido a sabiendas de que existe una probabilidad sustancial de que cause daños graves que sean extensos o duraderos al medio ambiente.
Para su impulsora, la incorporación de esta figura permitiría fortalecer la protección ambiental y acercar la legislación argentina a estándares más exigentes. En ese marco, la discusión recién empieza: con dictamen en comisión, el proyecto deberá ahora buscar consensos para llegar al recinto.
La controversia ya se instaló en el agro y en otros sectores productivos, que miran con preocupación cómo se interpretarán conceptos como daño ambiental especialmente grave o daño ambiental irreversible y qué impacto podría tener la nueva figura sobre la producción, la inversión y el desarrollo de actividades económicas.