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Economía
El Once Digital 19/06/2026 10:05 3 min de lectura

ARCA advirtió qué productos y dinero deben declararse al viajar al exterior

Ante el movimiento turístico previsto por las vacaciones de invierno y el Mundial, ARCA recordó cuáles son las obligaciones que deben cumplir los viajeros.

ARCA advirtió qué productos y dinero deben declararse al viajar al exterior
Foto: El Once Digital

ARCA advirtió qué productos y dinero deben declararse al viajar al exterior

El organismo informó cuáles son las obligaciones vigentes para quienes viajen al exterior o regresen a la Argentina. Las reglas incluyen límites de franquicias, declaración de bienes y controles sobre dinero en efectivo o instrumentos monetarios.

19 de Junio de 2026

El organismo informó cuáles son las obligaciones vigentes para quienes viajen al exterior o regresen a la Argentina. Las reglas incluyen límites de franquicias, declaración de bienes y controles sobre dinero en efectivo o instrumentos monetarios.

Ante el movimiento turístico previsto por las vacaciones de invierno y el Mundial, ARCA recordó cuáles son las obligaciones que deben cumplir los viajeros al entrar o salir del país. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero informó qué bienes deben declararse, cuáles son los límites de franquicia y en qué casos corresponde realizar trámites ante la Aduana.

El organismo indicó que los pasajeros deben prestar atención no solo al equipaje, sino también a los productos comprados en el exterior, los objetos que llevan al salir del país y el dinero en efectivo o instrumentos monetarios que transporten. Incumplir estas condiciones puede generar demoras, pagos adicionales o inconvenientes en los controles fronterizos.

Según las normas vigentes, quienes ingresen al país por vía aérea o marítima pueden traer mercaderías por hasta 500 dólares sin pagar tributos. A ese monto se suma otra franquicia independiente de 500 dólares para compras realizadas en el Free Shop de llegada.

Cuándo hay que declarar ante Aduana

En el caso de quienes regresen por vía terrestre o fluvial, la franquicia es de 300 dólares para adultos y de 150 dólares para menores de 16 años. Además, matrimonios, uniones civiles e hijos menores de 16 años pueden unificar sus franquicias para utilizarlas de manera conjunta.

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ARCA aclaró que estos beneficios son mensuales y no acumulables. Esto significa que, si un pasajero no utiliza la franquicia en un viaje, no puede trasladarla para otra oportunidad. Cuando el valor total de los bienes supera el límite permitido, se debe abonar un arancel del 50% sobre el excedente.

Por ejemplo, si una persona ingresa por vía aérea con productos valuados en 600 dólares, se toma como referencia la franquicia de 500 dólares. En ese caso, el excedente es de 100 dólares y el impuesto a pagar será de 50 dólares.

Dinero, objetos y formularios

Otra obligación alcanza a quienes ingresen o egresen del país con 10.000 dólares o más, o su equivalente en otras monedas. En esos casos, el monto debe ser informado ante la Aduana. Para menores de 16 años, el límite es de 5.000 dólares.

El organismo también recordó que quienes viajen con objetos adquiridos previamente en el exterior pueden declararlos antes de salir del país. Ese trámite permite acreditar que esos bienes ya formaban parte del equipaje y evitar inconvenientes al regresar a la Argentina.

Para realizar la declaración, ARCA dispone de formularios digitales y terminales de autogestión en aeropuertos y pasos internacionales. Si el trámite no puede completarse de manera online, se pueden presentar los formularios manuales correspondientes. La recomendación central es verificar las condiciones antes de viajar y utilizar los canales oficiales para evitar demoras en los controles.

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