Contacto

Volver a la portada
Provinciales
Diariovillaguayweb 18/06/2026 16:59 3 min de lectura

FUMIGACIONES: FISCALÍA DE ESTADO CUESTIONA EL FALLO DE MIOTTI Y ACUDE A LA CORTE PROVINCIAL

Noticias de Villaguay, Entre Ríos, Argentina

FUMIGACIONES: FISCALÍA DE ESTADO CUESTIONA EL FALLO DE MIOTTI Y ACUDE A LA CORTE PROVINCIAL
Foto: Diariovillaguayweb

El fallo de la jueza oriunda de Villaguay, María Fernanda Miotti, que en mayo pasado suspendió la aplicación de la Ley de Fitosanitarios y estableció nuevas restricciones para las fumigaciones cerca de zonas pobladas, continúa generando repercusiones a nivel provincial.

Ahora, la

Fiscalía de Estado presentó una fuerte objeción a la resolución y llevó el caso

ante el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, al considerar que la

magistrada se extralimitó en sus funciones al adoptar una decisión que, según

entiende, corresponde exclusivamente a los poderes Legislativo y Ejecutivo.

En un escrito

firmado por el fiscal de Estado adjunto, Martín Rettore, el organismo cuestionó

que la sentencia haya dejado en suspenso la aplicación de la ley Nº 11.178,

sancionada por la Legislatura entrerriana en 2024, y que además haya impuesto

nuevas distancias de prohibición para las fumigaciones en campos cercanos a

agrupamientos poblacionales.

La fijación de políticas públicas, la ponderación de los factores productivos y su desarrollo y la discusión ciudadana corresponden exclusivamente a la Legislatura y al Poder Ejecutivo. El Poder Judicial carece de la estructura técnica para dar continuidad a esquemas de gestión ambiental y no cuenta con representación democrática directa para diseñarlos, sostuvo Fiscalía de Estado.

QUÉ RESOLVIÓ MIOTTI

En mayo

pasado, Miotti, actualmente vocal de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial

de Paraná, intervino como jueza unipersonal en dos acciones de amparo ambiental

acumuladas, una de carácter colectivo y otra individual, vinculadas a la

protección de la salud y el ambiente frente a las fumigaciones y aplicaciones

de agroquímicos.

La

magistrada hizo lugar a los planteos presentados y ordenó el cese inmediato de

las fumigaciones terrestres y aéreas en determinadas áreas cercanas a centros

poblados.

La

resolución estableció una distancia mínima de 1.095 metros para las

aplicaciones terrestres y de 3.000 metros para las aplicaciones aéreas, medidas

que difieren considerablemente de las previstas por la Ley de Fitosanitarios

vigente.

La norma provincial, sancionada el año pasado, fija límites más reducidos: establece zonas de exclusión y amortiguamiento que, según el tipo de aplicación, oscilan entre los 30 y los 600 metros, acompañadas por una serie de requisitos técnicos y controles obligatorios.

LOS CUESTIONAMIENTOS DE

LA FISCALÍA

El principal

argumento de la Fiscalía de Estado es que la jueza suspendió los efectos de una

ley provincial sin contar, a su entender, con pruebas concretas y suficientes

que justificaran esa decisión.

Además,

sostuvo que el fallo confunde el principio precautorio ambiental con una

exención de la obligación de aportar pruebas específicas sobre los daños

denunciados.

En ese

sentido, el organismo señaló que el carácter colectivo de la problemática

ambiental no elimina la necesidad de identificar con precisión el origen de los

perjuicios, su localización y la relación causal con cada una de las partes

involucradas.

Otro de los

cuestionamientos apunta a la utilización de la vía del amparo, un mecanismo

judicial excepcional destinado a situaciones urgentes y manifiestas.

Según la

Fiscalía, dos elementos demostrarían que este caso no reunía esas

características: por un lado, la duración del trámite, que se extendió por más

de seis meses; y, por otro, la complejidad técnica del expediente, reflejada en

una sentencia de casi 200 páginas.

Para el

organismo provincial, ambos aspectos evidencian que se trata de un debate

ambiental profundo que debería discutirse mediante un proceso judicial

ordinario y no a través de una acción de amparo.

Con la

apelación ya presentada, será ahora el máximo tribunal provincial el encargado

de revisar el fallo y definir si mantiene la decisión adoptada por la jueza

villaguayense o si restablece la plena vigencia de la Ley de Fitosanitarios.

Diariovillaguayweb Esta nota se publicó originalmente en el medio.
Ver noticia original

Aviso legal. Examedia es un sistema automático de monitoreo y análisis de medios. Esta noticia fue publicada originalmente por Diariovillaguayweb y se reproduce aquí con fines informativos y de seguimiento. Los contenidos, títulos y opiniones pertenecen exclusivamente a su fuente original; Examedia no los redacta, edita, avala ni asume responsabilidad alguna por ellos. Si sos titular de los derechos y querés que esta nota se retire, escribinos.

Examedia © 2026