Podrían revocar la domiciliaria a CFK tras las manifestaciones frente a San José 1111
El juez Rodrigo Giménez Uriburu intimó a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner a cumplir estrictamente las condiciones de su prisión domiciliaria l
El juez encargado de supervisar el cumplimiento de la condena de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner le advirtió que podría perder el beneficio de la prisión domiciliaria si vuelve a incumplir las condiciones impuestas por la Justicia.
La advertencia fue realizada por Rodrigo Giménez Uriburu, quien intimó a la exmandataria a "abstenerse de desplegar conductas o asumir comportamientos que puedan implicar el incumplimiento de las pautas y condiciones" bajo las cuales cumple la pena de seis años de prisión en su domicilio de la calle San José 1111.
La resolución judicial se conoció luego de una manifestación realizada el pasado fin de semana frente al edificio donde reside Fernández de Kirchner. Durante la convocatoria, militantes desplegaron una bandera de grandes dimensiones con la leyenda "De San José 1111 a la Rosada", tendida entre el balcón de la expresidenta y un edificio ubicado sobre la vereda opuesta.
En el escrito, el magistrado recordó que una de las reglas fijadas al conceder la prisión domiciliaria fue que la condenada debía "abstenerse de adoptar comportamientos que pudiesen perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes".
Según el juez, el episodio registrado el domingo presentó características distintas a las de otras manifestaciones realizadas frente al domicilio de la expresidenta. "La conducta descrita no constituyó un episodio ajeno a la condenada; por el contrario, surge de las constancias obrantes en autos que participó activamente en el despliegue de la referida bandera, utilizando el balcón de su propio domicilio de arresto como punto de anclaje y sujeción, y hasta colaborando de propia mano con dicha acción", sostuvo.
Asimismo, señaló que "a diferencia de lo sucedido en otras concentraciones, en las que Cristina Kirchner no tuvo intervención directa, aquí el episodio presenta notas cualitativamente distintas", al considerar que hubo una participación personal en una acción que calificó como perturbadora para los vecinos y riesgosa para el espacio público.
La intimación incluye un apercibimiento basado en el artículo 34 de la Ley 24.660 de Ejecución Penal, que establece que el juez podrá revocar la prisión domiciliaria cuando el condenado incumpla injustificadamente las obligaciones impuestas o cuando se modifiquen las condiciones que dieron origen al beneficio.
Si bien el magistrado aclaró que las manifestaciones de apoyo realizadas periódicamente frente al domicilio no habían sido consideradas hasta ahora una violación de las condiciones de detención, sostuvo que el episodio de la bandera ameritaba una intervención específica por las particularidades del caso.
Por el momento, la expresidenta continuará cumpliendo la condena bajo la modalidad de prisión domiciliaria, aunque la Justicia dejó asentado que futuras conductas consideradas incompatibles con las reglas fijadas podrían derivar en una revisión de ese beneficio.
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