El Gobierno nacional modifica el sistema para designar jueces y busca acelerar la cobertura de vacantes judiciales
Mediante un decreto, el Poder Ejecutivo eliminó instancias administrativas previas en la selección de magistrados para agilizar la designación de cargos vacantes en la Justicia.
El Gobierno nacional implementó cambios en el procedimiento para la designación de jueces, fiscales y defensores públicos a través del Decreto 467/2026, con el objetivo declarado de agilizar la cobertura de vacantes en la Justicia nacional y federal. Esta medida modifica los decretos 222/2003 y 588/2003, que regulaban los mecanismos de preselección y evaluación de candidatos para cargos judiciales.
Según los fundamentos del decreto, publicados en el Boletín Oficial, la administración nacional considera que existe una “crisis institucional” causada por el elevado número de cargos judiciales vacantes. Esta situación, señalan, afecta el normal funcionamiento de los tribunales y prolonga la duración de los procesos judiciales, lo que justifica la necesidad de acelerar la designación de magistrados.
En este marco, el Poder Ejecutivo argumenta que algunos procedimientos administrativos previos a la nominación presidencial duplicaban instancias de control y participación ciudadana que ya se desarrollan durante el tratamiento de los pliegos en el Senado de la Nación. Por ello, el decreto elimina artículos que contemplaban mecanismos de observaciones ciudadanas y otras etapas administrativas previas a la elevación de candidaturas para la Corte Suprema, jueces federales, fiscales y defensores públicos.
Con la nueva normativa, cuando se produzca una vacante en la Corte Suprema, el Poder Ejecutivo deberá publicar en el Boletín Oficial y en la página web del Ministerio de Justicia, durante tres días, el nombre y los antecedentes curriculares de las personas consideradas para ocupar el cargo. Además, los postulantes estarán obligados a presentar declaraciones juradas patrimoniales y documentación relacionada con posibles conflictos de interés, incluyendo información sobre sociedades, asociaciones civiles, estudios jurídicos y clientes con los que hayan tenido relación en los últimos ocho años.
El decreto mantiene la intervención del Senado de la Nación, que seguirá siendo el organismo encargado de otorgar o rechazar los acuerdos constitucionales requeridos para la designación de magistrados. El Gobierno sostiene que es en esta instancia donde se garantizan la publicidad, la transparencia y la participación ciudadana. Asimismo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) continuará elaborando informes sobre el cumplimiento de obligaciones impositivas y previsionales de los candidatos, con un plazo máximo de cinco días para responder a cada solicitud.
Además, se designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación de los procedimientos modificados, tanto para la cobertura de vacantes en la Corte Suprema como para los cargos del Poder Judicial y del Ministerio Público. En los considerandos del decreto, el Ejecutivo señala que la reforma busca “remover trámites procedimentales innecesarios y etapas duplicadas” para restaurar el dinamismo del proceso constitucional de designación de magistrados y evitar una burocratización excesiva.
Finalmente, la norma aclara que los mecanismos de publicidad y control ciudadano no desaparecen, sino que quedan concentrados en el tratamiento de los pliegos dentro del Senado, donde continuarán realizándose audiencias públicas y evaluaciones de los candidatos propuestos, manteniendo así la transparencia y participación ciudadana en el proceso.