El Gobierno acelera la selección de jueces de la Corte - Informe Digital
El decreto 467/2026 elimina una instancia previa y concentra la publicidad en el Senado y la web oficial.
El Gobierno oficializó este lunes una reforma que acelera la selección de jueces de la Corte Suprema, del procurador general y del defensor general. La medida, publicada en el Boletín Oficial y firmada por el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, apunta a recortar pasos y plazos en un trámite clave para la Justicia nacional.
Tal como anticipó Infobae, el decreto 467/2026 modifica el esquema vigente desde 2003 para la nominación de magistrados y autoridades judiciales. La principal novedad es la eliminación de la etapa administrativa previa que obligaba al Ejecutivo a publicar antecedentes y recibir observaciones ciudadanas antes de enviar los pliegos.
Hasta ahora, los decretos 222 y 588 de 2003 con cambios posteriores, entre ellos el 267/2024 imponían ese paso en el Ministerio de Justicia. El nuevo texto sostiene que esa instancia duplicaba mecanismos que ya están garantizados en el Senado, donde rigen audiencias públicas y la posibilidad de presentar impugnaciones.
Con la reforma, la participación ciudadana seguirá existiendo, pero directamente en la Cámara alta y no antes de que el pliego llegue al Congreso. El Gobierno argumenta que así se evita una demora innecesaria y se moderniza el procedimiento.
Otro cambio relevante es la forma de difusión de las nominaciones. Ya no se publicarán en diarios de circulación nacional: pasarán al Boletín Oficial y a la web del Ministerio de Justicia. También se fija por primera vez un plazo de cinco días para que los candidatos presenten sus declaraciones juradas patrimoniales, con los bienes propios, los del cónyuge o conviviente y los de hijos menores, según la Ley de Ética Pública.
La difusión de antecedentes también se concentrará en el sitio oficial del Ministerio, con plazos más cortos. Según el decreto, la adecuación responde a la dinámica actual de comunicación y a las herramientas digitales disponibles.
La otra novedad alcanza a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que deberá emitir en un máximo de cinco días sus informes sobre obligaciones impositivas y previsionales de los postulantes. El texto aclara además que esos datos deberán resguardarse bajo secreto fiscal.
En cambio, la reforma no altera el trámite constitucional en el Senado: siguen vigentes las audiencias públicas, las impugnaciones ante la Comisión de Acuerdos y la votación por dos tercios de los presentes. Tampoco modifica la obligación de presentar declaraciones juradas ni la intervención de ARCA en la verificación fiscal.
Qué no cambia
La reforma no altera el procedimiento constitucional ni el reglamentario del Senado de la Nación. Las audiencias públicas, las impugnaciones ante la Comisión de Acuerdos y la votación por dos tercios de los miembros presentes quedan intactas.
Los mecanismos de publicidad, transparencia y participación ciudadana no se suprimen, dijeron a Infobae, dado que esas instancias están garantizadas en la etapa legislativa.
La nueva normativa tampoco altera dos obligaciones centrales para los postulantes: la presentación de declaraciones juradas patrimoniales y de potenciales conflictos de intereses, y la intervención de ARCA para verificar el cumplimiento de obligaciones impositivas y previsionales.