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Parlamentario 12/06/2026 12:10 2 min de lectura

Turismo en parques nacionales: proponen exigir dispositivos de seguimiento satelital en excursiones de riesgo - Parlamentario

La iniciativa de la senadora Natalia Gadano establece que las empresas de turismo que ofrezcan actividades como trekking o senderismo dentro de áreas protegidas deberán entregar equipos de localización a los visitantes, con el objetivo de mejorar la

Turismo en parques nacionales: proponen exigir dispositivos de seguimiento satelital en excursiones de riesgo - Parlamentario
Foto: Parlamentario

La iniciativa de la senadora Natalia Gadano establece que las empresas de turismo que ofrezcan actividades como trekking o senderismo dentro de áreas protegidas deberán entregar equipos de localización a los visitantes, con el objetivo de mejorar la seguridad y la capacidad de respuesta ante emergencias.

Un proyecto de ley presentado en el Senado propone incorporar nuevas exigencias de seguridad para las actividades turísticas que se desarrollen en áreas y parques nacionales. La iniciativa, impulsada por la senadora Natalia Gadano, plantea que las empresas prestadoras de servicios deberán entregar dispositivos de seguimiento satelital a los grupos que realicen excursiones consideradas de riesgo.

Según el texto, la obligación alcanza a actividades como el trekking, el senderismo y cualquier otra práctica que implique riesgos para las personas en entornos naturales protegidos. Los dispositivos deberán ser entregados a grupos de entre una y cinco personas que ingresen a estas áreas bajo la organización de prestadores turísticos.

El objetivo central de la propuesta es reforzar los estándares de prevención y asistencia ante situaciones críticas. En ese sentido, el proyecto enumera una serie de fines específicos, entre ellos la reducción de accidentes, la localización rápida de personas frente a imprevistos y la posibilidad de brindar asistencia inmediata por parte de guardaparques o personal de salud.

Asimismo, se contempla la mejora en la comunicación ante cambios climáticos que puedan poner en peligro a los excursionistas, la prevención de permanencias indebidas en zonas de riesgo y la protección del entorno natural dentro de las áreas protegidas.

En cuanto a la aplicación de la normativa, el texto establece que será el Poder Ejecutivo quien designe la autoridad competente y determine las especificaciones técnicas que deberán cumplir los dispositivos de seguimiento. También se asigna a los guardaparques y a los organismos de turismo de cada jurisdicción la responsabilidad de controlar el cumplimiento de la ley.

El proyecto incluye además una invitación a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a sus disposiciones, con el propósito de avanzar en criterios comunes de seguridad para actividades turísticas de riesgo en todo el territorio nacional.

Por último, se fija un plazo de 180 días desde la promulgación para la reglamentación de la iniciativa. El texto deberá ahora ser analizado en el ámbito legislativo.

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