El Gobierno abre la puerta a más patentes en biotecnología - Informe Digital
Derogó una norma de 25 años y el INPI prepara otro cambio clave que podría flexibilizar criterios sobre materia viva.
El Gobierno derogó una norma de hace 25 años que intervenía en la definición de criterios de patentabilidad sobre materia viva y sustancias naturales. La decisión, oficializada este jueves, es el primer paso de una revisión que podría ampliar la protección de desarrollos biotecnológicos y aliviar restricciones que hoy pesan sobre ese sector.
La medida dejó sin efecto las resoluciones conjuntas 99/2001 y 810/2001, que habían creado un grupo de trabajo permanente en propiedad intelectual con participación del INPI, el Inase, el Senasa, el INTA y otras áreas del Estado. Ese esquema exigía además la conformidad de Agricultura para cualquier cambio vinculado con la patentabilidad de materia viva y sustancias naturales.
Según los considerandos de la resolución, ese mecanismo había sumado rigideces y una instancia administrativa extra que complicaba la actualización de los criterios técnicos de patentabilidad frente a los avances científicos, tecnológicos y jurídicos.
La introducción de una instancia adicional de validación administrativa, ajena al organismo técnico competente, contribuyó a tornar más complejo y burocrático el proceso de definición y actualización de los criterios de patentabilidad, señala el texto oficial.
Una fuente oficial dijo a LA NACION que la decisión busca devolverle al INPI la facultad plena para definir y actualizar sus directrices técnicas de examen. En los próximos días, agregó, el organismo derogará la resolución 283/15, que hoy impone límites a las solicitudes de patentamiento vinculadas con materia viva y desarrollos biotecnológicos.
La medida no cambia de inmediato qué puede o no puede patentarse en la Argentina. La ley vigente sigue estableciendo que no son patentables las plantas ni los animales, mientras que las variedades vegetales continúan protegidas por el sistema de derechos de obtentor.
El próximo paso será la derogación de la resolución 283/15 del INPI. Con ese cambio, las solicitudes sobre materia viva dejarían de estar sujetas a las limitaciones de esa norma y pasarían a regirse directamente por la Ley de Patentes.
En el sector privado leyeron la decisión como una señal favorable para la innovación. Sostienen que no modifica por sí sola qué puede patentarse, pero sí abre la puerta a revisar criterios restrictivos que se fueron incorporando con el tiempo.
El impacto potencial se concentra en la biotecnología agrícola. Empresas que desarrollan eventos biotecnológicos, mejoramiento genético y otras innovaciones aplicadas a semillas podrían verse beneficiadas si el organismo revisa criterios considerados restrictivos para la protección de determinadas tecnologías.
En el ámbito semillero, la medida tampoco altera el sistema de protección de variedades vegetales ni los derechos de obtentor previstos en la legislación vigente. Pero reabre la discusión sobre el alcance de la propiedad intelectual aplicada a innovaciones tecnológicas incorporadas a las semillas, un debate que también toca la eventual reforma de la ley de semillas.
Fuentes oficiales y privadas coincidieron en que la resolución marca una señal de desburocratización y refuerza las atribuciones del INPI. La expectativa ahora está puesta en la derogación de la resolución 283/15 y en los nuevos criterios que el organismo adopte para evaluar solicitudes vinculadas con desarrollos biotecnológicos.
La resolución 283/15 fijó criterios que excluyen de la patentabilidad a plantas, animales, semillas y otros componentes biológicos capaces de generar un organismo completo, aun cuando hayan sido modificados genéticamente. También estableció exigencias específicas para la protección de eventos biotecnológicos.
Algunas fuentes vinculan esta última decisión con un intento de acercar a la Argentina a estándares internacionales más favorables para la protección de desarrollos biotecnológicos.
Análisis
Alfredo Paseyro, director ejecutivo de la Asociación de Semilleros Argentinos (ASA), interpretó la medida como un paso previo a una revisión más amplia de los criterios de patentabilidad aplicados a la biotecnología. Según explicó, tras la Ley de Patentes y su decreto reglamentario se fueron incorporando desde 2001 mecanismos consultivos y normas que restringieron el alcance de determinadas protecciones. Primero había que derogar esta resolución conjunta. Esto fortalece las patentes vinculadas con eventos biotecnológicos, afirmó.
Por su parte, María Laura Villamayor, consultora y experta en derecho del obtentor y propiedad intelectual, recordó que el grupo interdisciplinario integrado por representantes del INPI, Inase, Senasa, INTA y otros organismos fue creado para construir criterios técnicos y jurídicos consistentes sobre la protección de la materia viva mediante los distintos regímenes de propiedad intelectual existentes.
Explicó que el objetivo era delimitar con claridad qué innovaciones podían ser protegidas por el sistema de patentes y cuáles debían quedar comprendidas dentro de otros regímenes específicos, como el derecho de obtentor vegetal. En aquel momento, señaló, existían numerosas cuestiones técnico-legales sin resolver en materia de biotecnología y riesgos de superposición entre distintos sistemas de protección.
Villamayor ejemplificó que una interpretación demasiado amplia del patentamiento podría haber permitido que determinadas características incorporadas a una semilla quedaran protegidas mediante patentes de invención, con el riesgo de extender esa cobertura a material genético que tradicionalmente era resguardado a través del régimen de obtenciones vegetales. Había que evitar confusiones respecto del alcance de las reivindicaciones susceptibles de protección por patentes y aquellas materias que, por su naturaleza, correspondían a otros sistemas, señaló.
La especialista dijo además que la creación de ese ámbito de trabajo no respondió a la intención de generar instancias burocráticas adicionales, sino a la necesidad de fortalecer la seguridad jurídica y garantizar una interpretación armónica entre organismos con competencias vinculadas. En ese sentido, consideró que los criterios desarrollados por esos equipos técnicos constituyen antecedentes relevantes que deben analizarse dentro de su contexto histórico e institucional, ya que fueron concebidos para aportar previsibilidad y coherencia al sistema de propiedad intelectual aplicado a la biotecnología.