La Ley de Inocencia Fiscal cerró el 87% de las causas penales por evasión tributaria
Más de 5.400 expedientes por evasión quedaron sin efecto tras la reforma fiscal, incluidos algunos que involucraban a empresarios y figuras de alto perfil. L
La Ley de InocenciaFiscal ya generó un fuerte impacto en los tribunales federales. Según datos oficiales, desde su entrada en vigencia quedaron sin efecto el 87% de las causas judicialespor evasión tributaria que tramitaban en el fuero Penal Económico, como consecuencia de los beneficios incorporados en la normativa impulsada por el Gobierno.
De los 6.259 expedientes por delitos fiscales, aduaneros y de la seguridad social que se encontraban en trámite al momento de la sanción de la ley en diciembre pasado, fueron cerrados 5.445. Actualmente permanecen activos apenas 814 casos, equivalentes al 13% del total.
La reducción responde principalmente a la actualización de los montos mínimos a partir de los cuales determinadas conductas son consideradas delitos penales. La norma elevó a $ 100 millones el umbral para los casos de evasión simple y a $ 1.000 millones para la evasión agravada. También incrementó los límites vinculados a retenciones indebidas de aportes previsionales y tributos.
APLICACIÓN RETROACTIVA Y SOBRESEIMIENTOS
La legislación se aplicó bajo el principio de la ley penal más benigna, lo que permitió extender sus efectos a hechos ocurridos antes de su sanción. Como consecuencia, numerosas causas quedaron automáticamente fuera del alcance penal al no superar los nuevos montos establecidos.
La Justicia adoptó además los lineamientos promovidos por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que modificó su estrategia de persecución penal para concentrar recursos en maniobras de mayor magnitud o complejidad.
Entre los casos recientes figura el sobreseimiento de un empresario vinculado a la firma Recolección y Limpieza Ambiental S.A., investigado por presunta evasión del Impuesto a las Ganancias y del IVA entre 2017 y 2019. Los montos atribuidos, que anteriormente configuraban un delito penal tributario, quedaron por debajo de los nuevos parámetros fijados por la ley.
CASOS DE ALTO PERFIL
La aplicación de la reforma también alcanzó a expedientes de fuerte repercusión pública. Uno de ellos involucró al empresario Lázaro Báez, sus hijos y otras personas vinculadas a Austral Construcciones, quienes obtuvieron un sobreseimiento parcial en una causa relacionada con presuntas evasiones de IVA y Ganancias entre 2010 y 2014.
Otro caso resonante fue el de Alberto Samid y su socio José María Suárez. La Cámara Federal de Casación Penal dejó firme la decisión que extinguió la acción penal por supuestas irregularidades tributarias vinculadas a la empresa El Fuego y El Agua S.A.
RECLAMOS FISCALES VIGENTES
Pese a la extinción de las acciones penales en miles de expedientes, la ley no elimina las obligaciones tributarias ni las sanciones económicas. El Estado mantiene la facultad de reclamar el pago de los impuestos adeudados, los intereses correspondientes y las multas por defraudación, que pueden alcanzar hasta el 100% del tributo omitido.
Mientras tanto, el Gobierno trabaja en un nuevo proyecto para modificar nuevamente la Ley de Inocencia Fiscal. La iniciativa buscará eliminar algunos de los límites actualmente vigentes con el objetivo de ampliar la adhesión de contribuyentes y profundizar el proceso de regularización de activos impulsado por la administración nacional.