Contacto

Volver a la portada
Provinciales
Bicameral 10/06/2026 06:42 2 min de lectura

Piden que OSER absorba a jubilados docentes que aportaron a Osplad - Bicameral

Bicameral - Piden que OSER absorba a jubilados docentes que aportaron a Osplad - Portada

Piden que OSER absorba a jubilados docentes que aportaron a Osplad - Bicameral
Foto: Bicameral

Un proyecto de Reslución presentado en la Cámara de Diputados de Entre Ríos insta al Poder Ejecutivo -a través del Ministerio de Salud, el Directorio del Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (OSER) y la Caja de Jubilaciones- a intervenir ante la "gravísima situación de desprotección sanitaria" que atraviesan los jubilados provinciales afiliados a la Obra Social para la Actividad Docente (OSPLAD).

En la norma, presentada por el legislador justicialista Enrique Cresto, se propicia "la incorporación y traspaso definitivo a la cobertura del IOSPER -actualmente OSER- de todos los pasivos provinciales afectados por el cese de prestaciones".

"Existe un reclamo de extrema gravedad que afecta a los jubilados y pensionados del sistema previsional entrerriano (Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos) que quedaron

cautivos de la Obra Social para la Actividad Docente (OSPLAD). Actualmente, OSPLAD se encuentra en el territorio de la provincia de Entre Ríos en un estado de virtual vaciamiento. Con las prestaciones médicas absolutamente interrumpidas, sin cartilla de prestadores activos, sin cobertura de medicamentos y en un total silencio institucional, esta situación coloca a más de 18 mil jubilados docentes en un escenario de absoluto desamparo, obligándolos a costear de su propio bolsillo e informalmente prestaciones de carácter vital", afirmó Cresto en sus fundamentos.

Además, el diputado dijo que "siendo pasivos dependientes de la CJPER, se ven privados de la cobertura" del OSER. Y afirmó: "El Estado Provincial no puede permanecer indiferente ni desentenderse de la integridad psicofísica de sus propios jubilados bajo el pretexto de una transferencia histórica de aportes hacia una entidad nacional. El derecho a la salud es un derecho humano fundamental garantizado por el artículo 19 de nuestra Carta Magna Provincial, y robustecido por los Tratados Internacionales con jerarquía constitucional (Art. 75 inc. 22 CN), con especial primacía en la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores".

Bicameral Esta nota se publicó originalmente en el medio.
Ver noticia original

Aviso legal. Examedia es un sistema automático de monitoreo y análisis de medios. Esta noticia fue publicada originalmente por Bicameral y se reproduce aquí con fines informativos y de seguimiento. Los contenidos, títulos y opiniones pertenecen exclusivamente a su fuente original; Examedia no los redacta, edita, avala ni asume responsabilidad alguna por ellos. Si sos titular de los derechos y querés que esta nota se retire, escribinos.

Examedia © 2026