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El País
Sanluis 24 05/06/2026 19:20 2 min de lectura

Cristina Kirchner seguirá con tobillera electrónica: la Justicia rechazó sus pedidos para flexibilizar la prisión domiciliaria - SanLuis24Noticias

El juez Rodrigo Giménez Uriburu rechazó este viernes los planteos presentados por la defensa de Cristina Kirchner para flexibilizar las condiciones de su prisión domiciliaria y resolvió que continúe utilizando tobillera electrónica, mantenga las rest

Cristina Kirchner seguirá con tobillera electrónica: la Justicia rechazó sus pedidos para flexibilizar la prisión domiciliaria - SanLuis24Noticias
Foto: Sanluis 24

El juez Rodrigo Giménez Uriburu rechazó este viernes los planteos presentados por la defensa de Cristina Kirchner para flexibilizar las condiciones de su prisión domiciliaria y resolvió que continúe utilizando tobillera electrónica, mantenga las restricciones de visitas y siga sometida a las limitaciones impuestas para el uso de la terraza de su departamento de la calle San José.

La decisión fue adoptada por el juez Uriburu, del Tribunal Oral Federal N° 2, quien descartó que existan razones nuevas que justifiquen modificar las condiciones bajo las cuales la expresidenta cumple la condena desde junio de 2025 por la causa Vialidad.

La defensa, encabezada por Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, había solicitado tres cambios concretos: eliminar el régimen especial de visitas, quitar la tobillera electrónica y levantar las restricciones para acceder a la terraza del edificio. Sin embargo, el magistrado concluyó que ninguna de esas pretensiones tenía sustento suficiente.

Uno de los puntos de la resolución fue el rechazo al pedido para retirar el dispositivo electrónico de monitoreo. La defensa argumentó que Cristina Kirchner cumplió todas las reglas impuestas durante casi un año de prisión domiciliaria y que no existía riesgo alguno de fuga.

Pero el tribunal respondió que la utilización de la tobillera constituye la regla general prevista por la ley para quienes cumplen condenas bajo esta modalidad. «La utilización del dispositivo constituye la regla legal establecida por el legislador, mientras que su dispensa reviste carácter estrictamente excepcional», sostuvo el juez.

El fallo recuerda además que la Cámara Federal de Casación Penal y la Corte Suprema ya habían avalado previamente la colocación del dispositivo. En uno de los párrafos del fallo, el magistrado señaló que la ley no exige demostrar un peligro concreto de evasión para imponer el monitoreo electrónico.

«La ley no condiciona su implementación a la previa acreditación de un peligro concreto de evasión en cada caso particular», afirmó. Y agregó que el simple paso del tiempo tampoco habilita su retiro. «No establece un cese automático de la medida ni consagra una presunción a favor de su levantamiento por el mero paso del tiempo», citó el tribunal de un fallo previo de Casación.

Fuente: Ambito

Sanluis 24 Esta nota se publicó originalmente en el medio.
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