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Debate Pregon 04/06/2026 19:04 2 min de lectura

Senasa modifica las reglas para mover hacienda durante la segunda campaña de vacunación contra la aftosa

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Senasa modifica las reglas para mover hacienda durante la segunda campaña de vacunación contra la aftosa
Foto: Debate Pregon

Senasa modifica las reglas para mover hacienda durante la segunda campaña de vacunación contra la aftosa

A partir del 8 de junio, los terneros y terneras deberán estar vacunados para poder trasladarse o ingresar a remates feria. La excepción de los primeros 15 días quedará limitada solo a la primera campaña anual.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) modificó las reglas para el movimiento de hacienda bovina y bubalina durante la segunda campaña anual de vacunación contra la fiebre aftosa y la brucelosis bovina. La medida quedó plasmada en la Disposición 21/2026 de la Dirección Nacional de Sanidad Animal, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

La normativa actualiza la Resolución 1259/2023 y establece que la excepción que permitía trasladar animales sin vacunar durante los primeros 15 días de campaña quedará vigente únicamente para la primera campaña anual, que contempla la vacunación de todas las categorías bovinas y bubalinas.

Qué cambia para los terneros

El ajuste responde al cambio de estrategia dispuesto por la Resolución 711/2025, mediante la cual la segunda campaña pasó a contemplar exclusivamente la vacunación de terneros y terneras, con un período de ejecución de 30 días. A partir del inicio de la campaña de menores previsto para el 8 de junio en la zona centro del país ya no estará vigente la excepción de los primeros 15 días para esa categoría.

De esta manera, únicamente podrán ingresar a concentraciones ganaderas o remates feria los terneros y terneras provenientes de establecimientos que hayan cumplido con la vacunación. El resto de las categorías novillito, torito, vaquillona, novillo, vaca y toro mantienen las condiciones de movimiento vigentes hasta la fecha.

La medida busca optimizar los tiempos operativos de vacunación y garantizar el cumplimiento del calendario acordado en diciembre de 2025, respetando los plazos previstos para cada campaña.

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