Licencias: el vacío que deja manejar autos potentes sin más exigencia - Informe Digital
La norma ordena las motos por cilindrada, pero no distingue autos ni pickups: una licencia básica alcanza para vehículos muy distintos.
La discusión sobre las licencias de conducir volvió a poner bajo la lupa una contradicción del sistema: mientras las motos se clasifican por cilindrada y potencia, los autos y las pickups quedan prácticamente en la misma bolsa. Esa diferencia, que no es menor, impacta en la seguridad vial y en la forma en que se habilita a manejar vehículos muy distintos entre sí.
A raíz de la decisión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de cambiar las condiciones para los choferes de autos que prestan servicios de viajes por aplicación y para los choferes de taxis, dos puntos quedaron en el centro de la escena: la obligatoriedad para los primeros de contar con licencia de conducir profesional y con una póliza de seguro específica para la actividad.
Esa cobertura viene a resolver un problema concreto: muchos choferes trabajaban con un seguro común, de terceros completos, pero sin una póliza pensada para actividades comerciales. En caso de accidente, eso podía dejarlos expuestos a tener que responder de manera particular por un pasajero lesionado.
La exigencia de licencia profesional, en cambio, abre una discusión más de fondo. Si se aplica el mismo criterio comercial que rige para el seguro, un chofer que usa un auto particular para transportar pasajeros sea taxi o aplicación debería tener una habilitación profesional. Pero si se mira el manejo de un automóvil común, sin una destreza técnica adicional respecto de un vehículo particular, ese requisito puede resultar excesivo.
Las diferencias entre motos y autos
En términos generales, las categorías de las licencias de conducir están fijadas por el artículo 16 de la Ley Nacional de Tránsito 24.449 y su última reglamentación fue establecida por el Decreto 26/2019. Aun así, algunas provincias y municipios aplican variantes propias dentro del esquema federal de tránsito.
Para conducir una motocicleta se tramita una licencia Clase A1, con cuatro subcategorías según cilindrada y potencia:
- Clase A 1.1: Ciclomotores hasta 50 cm3 o 4 Kw de potencia máxima continua nominal en el caso de las motos eléctricas.
- Clase A 1.2: Motocicletas de hasta 150 cm3 u 1111kw de potencia máxima continua nominal si se trata de motorización eléctrica. Esta licencia incluye las de Clase A 1.1.
- Clase A 1.3: Motocicletas de más de 150 cm3 y hasta 300 cm3 o de más de 11 kw y hasta 20 kw de potencia eléctrica. Para obtener esta clase de licencia se debe acreditar una antigüedad previa de 2 años en la Clase A 1.2, excepto las personas mayores de 21 años de edad. Esta licencia también incluye las de Clase A 1.2.
- Clase A 1.4: Motocicletas de más de 300 cm3 o de más de 20 kw de potencia en el caso de las eléctricas. El requisito para acceder a esta licencia es una antigüedad previa de 2 años en la licencia Clase A 1.3, excepto los mayores de 21 años de edad, quienes deberán acreditar al menos 1 año en motocicletas de cualquier cilindrada. También, por supuesto, incluye las licencias Clase A 1.3.
Esa clasificación tiene una lógica: no es lo mismo manejar una moto de 110 cm3 que una de 1.000 cm3 y 180 CV. El problema aparece al pasar de las motos a los automóviles, donde no existe una segmentación equivalente por potencia, peso o tracción.
En el caso de los autos, si un conductor rinde el examen con un Renault 12 modelo 70, esa licencia lo habilita también para conducir una Ferrari de 800 CV o una camioneta 4×4 de 250 CV, sin que medie una evaluación específica para ese salto de prestaciones.
Algo similar ocurre con los remolques. Si una persona quiere llevar un trailer con un cuatriciclo o una lancha chica o mediana, con un peso total menor a 750 kg, se le exige una licencia de Clase B2, que habilita a conducir automóviles, camionetas, vans de uso privado y casas rodantes motorizadas de hasta 3.500 kg con un acoplado de hasta 750 kg o casa rodante no motorizada.
Pero si la carga que transportará es de 750 kg y el trailer pesa otros 300 kg, se le exige una licencia profesional Clase E1, que autoriza a conducir vehículos automotores de clase C o D, con uno o más remolques y articulaciones, y que debe renovarse anualmente con presentación de certificado de antecedentes penales.
La paradoja es que ese mismo conductor, con esa habilitación para mover un trailer y una carga de menos de 1.000 kg, queda autorizado para manejar un camión con acoplado de 45 toneladas o de 22 metros de largo.
La capacidad para conducir no parece estar acompañada por una escala fina en la legislación. Los accidentes cada vez más frecuentes con grandes pickups V6, como el que destrozó a una familia en San Vicente al impactar a más de 180 km/h contra un auto particular, vuelven a exponer la falta de control sobre la habilidad o la experiencia, algo que sí se contempla en las motos.
De allí surge la idea de que debería existir una escala intermedia entre las clases B1 y B2, que exija pericia para conducir un auto deportivo o una pickup 4×4 de más de 250 CV, y una licencia diferenciada para quienes quieran llevar un trailer o una casa rodante hasta 1.500 kg sin ser considerados conductores profesionales.