Contacto

Volver a la portada
Provinciales
Diariovillaguayweb 29/05/2026 18:10 2 min de lectura

LA JUEZA MIOTTI ORDENÓ FRENAR FUMIGACIONES CERCA DE ZONAS URBANAS EN DIAMANTE

Noticias de Villaguay, Entre Ríos, Argentina

LA JUEZA MIOTTI ORDENÓ FRENAR FUMIGACIONES CERCA DE ZONAS URBANAS EN DIAMANTE
Foto: Diariovillaguayweb

La vocal de la Sala II de la Cámara Segunda de Apelaciones de Paraná, María Fernanda Miotti, oriunda de Villaguay, dictó una resolución de fuerte impacto en materia ambiental al ordenar el cese inmediato de fumigaciones y aplicaciones de agroquímicos cerca de zonas urbanizadas y viviendas familiares del departamento Diamante.

La

magistrada resolvió -como jueza unipersonal- dos acciones de amparo ambiental

acumuladas, una colectiva y otra individual, vinculadas con la protección de la

salud y del ambiente frente a fumigaciones, pulverizaciones y aplicaciones de

productos agroquímicos y fitosanitarios.

Miotti

admitió las pretensiones de los amparos siguiendo el criterio fijado el 6 de

marzo de 2024 por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos en el

expediente R., X. C/ H., C. G., R., S., S. G. P. E. R. Y C. C. E. S/ Acción de

Amparo Ambiental.

En la

sentencia, dispuso una distancia mínima de 1.095 metros para aplicaciones terrestres

y de 3.000 metros para aplicaciones aéreas, en cualquier modalidad.

En el caso

del amparo colectivo, las restricciones deberán cumplirse tomando como

referencia los límites de los loteos Tierra Alta I, II y III, ubicados en

Colonia Ensayo, departamento Diamante. En tanto, en el amparo individual, las

distancias se computarán desde la vivienda del demandante y su grupo familiar

conviviente, en Aldea Brasilera.

La

resolución se fundamentó en la necesidad de garantizar una tutela preferente al

ambiente y a la salud de las personas, considerados bienes jurídicos de

especial relevancia constitucional y convencional. Durante el trámite de las

causas, que inicialmente se desarrollaron por separado, ya se habían dispuesto

medidas cautelares de protección.

Por otra

parte, la jueza rechazó el planteo de inconstitucionalidad contra la Ley

provincial de Buenas Prácticas en Materia de Fitosanitarios N.º 11.178 y su

decreto reglamentario, al considerar que la normativa vigente desde enero de

2025 no presenta una violación manifiesta de derechos o garantías

constitucionales.

Además,

Miotti exhortó al Estado provincial a incorporar en agenda los aportes

realizados por representantes del Ministerio Público Fiscal durante el proceso,

junto a otras medidas preventivas, de control y ordenamiento.

El fallo representa una decisión de relevancia en materia de amparo ambiental en Entre Ríos, al establecer restricciones concretas para las aplicaciones agroquímicas en zonas cercanas a urbanizaciones y viviendas, priorizando la prevención del daño ambiental y la protección de la salud comunitaria.

Diariovillaguayweb Esta nota se publicó originalmente en el medio.
Ver noticia original

Aviso legal. Examedia es un sistema automático de monitoreo y análisis de medios. Esta noticia fue publicada originalmente por Diariovillaguayweb y se reproduce aquí con fines informativos y de seguimiento. Los contenidos, títulos y opiniones pertenecen exclusivamente a su fuente original; Examedia no los redacta, edita, avala ni asume responsabilidad alguna por ellos. Si sos titular de los derechos y querés que esta nota se retire, escribinos.

Examedia © 2026