Condenaron a nueve años de cárcel a un falso pastor que lideraba una secta dedicada a la trata de personas
Operaba en Córdoba y Tucumán captando personas vulnerables con discursos evangélicos. Las víctimas eran sometidas a explotación laboral, aislamiento extremo y hacinamiento. Su esposa y dos colaboradores también recibieron penas.
El Tribunal Oral Federal Número 2 de Córdoba dictó una condena de nueve años de prisión para Elías Daniel Argüello Soria, el líder de una organización coercitiva que operaba bajo la fachada de una comunidad cristiana evangélica denominada Dimensión Cielo.
Argüello fue hallado culpable del delito de trata de personas agravada con fines de explotación laboral y reducción a la servidumbre.
La sentencia, dictada por el tribunal presidido por el juez Enrique Liljedahl e integrado por Noel Costa y José Fabián Asis, se alineó estrictamente con lo solicitado por el fiscal general Carlos Gonella.
El fallo no solo alcanzó al principal imputado, sino que su esposa y otros dos colaboradores recibieron penas de cuatro años de prisión como partícipes secundarios, un quinto acusado fue absuelto y se impuso un histórico decomiso de bienes junto con reparaciones económicas para las víctimas que superan los 80 millones de pesos.
De acuerdo con la investigación penal impulsada inicialmente por la fiscal federal subrogante de San Francisco, María Marta Schianni, y por Alejandra Mángano, cotitular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas, la red criminal inició sus actividades en Tucumán para luego trasladar su base de operaciones a la provincia de Córdoba.
El mecanismo de atracción estaba perfectamente calculado mediante redes sociales y canciones religiosas difundidas por internet, plataformas a través de las cuales Argüello se presentaba como una figura revestida de autoridad divina.
El grupo apuntaba de forma directa a personas que atravesaban severas crisis emocionales, económicas o familiares. Bajo la promesa de una vida comunitaria idílica, contención espiritual, vivienda y oportunidades laborales, las víctimas ingresaban voluntariamente a la estructura sin sospechar el proceso de anulación psicológica al que serían sometidas de manera paulatina.
Una vez dentro del circuito de Dimensión Cielo, el control se volvía absoluto. El fiscal Gonella describió en su alegato un crudo escenario de despersonalización y disociación.
Para romper los lazos con su pasado, a las víctimas se les modificaba el aspecto físico, se les imponían restricciones severas para comunicarse con sus familiares directos y se les obligaba a cambiarse el nombre.
El nivel de sometimiento psicológico era tan profundo que muchas de las personas damnificadas ni siquiera se percibían a sí mismas como víctimas en el momento de los allanamientos.
En ese sentido, la fiscalía citó una frase recurrente de Argüello que sintetizaba el régimen: Cada uno de ustedes es fiel a Dios y eso es ser fiel a mí.
El juicio oral dejó al descubierto las brutales condiciones de vida y de explotación a las que eran sometidos los fieles.
Las tareas asignadas abarcaban extenuantes jornadas laborales sin ningún tipo de remuneración real. Las víctimas eran obligadas a trabajar en desarrollos inmobiliarios, tareas domésticas, de cuidado y en la producción y venta callejera de productos panificados.
La defensa de los acusados intentó argumentar que se trataba de una experiencia comunitaria consensuada, inspirada en las primeras comunidades cristianas, donde se compartían los ingresos mediante un fondo común.
Sin embargo, la fiscalía demostró que dicho fondo era gestionado de forma exclusiva y discrecional por Argüello, por lo que los fieles no manejaban dinero propio y dependían por entero de la voluntad del líder.
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Los informes policiales labrados durante los allanamientos aportaron descripciones estremecedoras sobre el hábitat de la comunidad, constatándose que en uno de los domicilios dos mujeres dormían en un evidente estado de hacinamiento debajo de una escalera, mientras que otros testimonios detallaron que los damnificados debían bañarse con mangueras a la intemperie o pasar las noches en sillones dentro de los mismos lugares de trabajo.
La justicia penal determinó que Argüello ejercía una jefatura autocrática y que en el plano espiritual y material tomaba absolutamente todas las decisiones económicas, productivas y comerciales, además de dar directivas permanentes en los más mínimos detalles.
Por debajo del líder, el tribunal distribuyó responsabilidades con penas de cuatro años de prisión efectiva para los partícipes secundarios.
Entre ellos se encuentra Daiana Felisa Herrera, esposa de Argüello, considerada partícipe en la explotación de las víctimas, a pesar de comprobarse que también se encontraba bajo dinámicas de violencia económica y simbólica por parte de su marido.
También fue condenado Ricardo Matías Mercado, alias Eliseo, quien cumplía un rol clave en la administración empresarial y comercial, transmitiendo las órdenes del líder y coordinando la logística.
El tercer colaborador penalizado fue Marcos Matías Burini, un operario subordinado enfocado en el control operativo del circuito de panificados. Por su parte, el quinto imputado, Maximiliano David Mercado, resultó absuelto tras retirarse la acusación fiscal durante el debate.